Tráfico. Los conductores de renting, «fichados» desde hoy para las multas

Las empresas de renting (alquiler a largo plazo) deberán comunicar obligatoriamente a partir de hoy al Registro de Vehículos quién es el conductor al que han arrendado el vehículo, con el fin de facilitar la tramitación de las multas generadas sobre todo por exceso de velocidad a través de un radar.

Así figura en una orden del Ministerio del Interior, publicada ayer en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y que figuraba como novedad en la última reforma de la ley de tráfico.

Fuentes de la Dirección General de Tráfico (DGT) explicaron a Servimedia que con esta orden se pretende clarificar la figura legal del conductor o tenedor habitual de un vehículo, pero no titular del mismo.

«Antes, al arrendador le mandábamos la multa y le preguntábamos el nombre de la persona a la que tiene arrendado el vehículo. Ahora tienen que decir quién es el arrendatario habitual, al que se le dirigirán las multas», añadieron.

La orden de Interior señala que «cada vez es más frecuente que el titular del vehículo y el conductor del mismo no coincidan, debido fundamentalmente a que casi la mitad de los vehículos se matriculan a nombre de personas jurídicas».

«Además, se añade la circunstancia de que va aumentando de forma progresiva la utilización de los vehículos en régimen de arrendamiento a largo plazo», agrega.

Esta situación provoca más trámites en las notificaciones de las multas, ya que el propietario del vehículo debe identificar a la empresa arrendataria para que ésta, a su vez, diga quién es el conductor. «El resultado final es que el infractor no tiene conocimiento del inicio del expediente sancionador hasta varios meses después de la comisión del hecho», apostilla.

Con el fin de agilizar la tramitación de las multas, las empresas de renting deberán comunicar desde hoy de forma obligatoria a quién han alquilado el coche por al menos tres meses dentro de un periodo de 12 meses consecutivos.

La orden establece un plazo de seis meses para que las empresas de alquiler de vehículos comuniquen al Registro de Vehículos los siguientes datos de la persona contratada: nombre y apellidos, NIF o NIE, domicilio o Dirección Electrónica Vial (DEV) y hora y fecha del contrato.

Estas comunicaciones pueden realizarse a través de la web de la DGT («www.dgt.es»).

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