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Así es el garrafal error de la DGT con sus radares: las multas de tráfico que puedes recurrir

Así es el garrafal error de la DGT con sus radares: las multas de tráfico que puedes recurrir
Radar YT

Mucho ojo con esto. Según la Orden ITC/3123/2010 de 26 de noviembre, cuando un radar de tráfico detecta la velocidad de un vehículo, este debe «aplicar a la baja el índice máximo de error admisible», según sq.

Si la velocidad del vehículo detectada es igual o inferior a 100 km/h, deben restársele 5 km/h si la medición la realizó en posición estática, o 7 km/h si la efectuó desde un vehículo en movimiento. Y si la velocidad supera los 100 km/h se aplicarán, respectivamente, los porcentajes del 5 o del 7%.


Error de cálculo de la DGT

La AEA (Automovilistas Europeos Asociados), una «organización de defensa de los conductores» ha advertido que desde mayo de 2010 hasta ahora en España, se han impuesto más de 1 millón de multas económicas y con retirada de puntos con cuantías superiores a lo que establece la Ley de Seguridad Vial. Lo que ha ocurrido es que la DGT, la Dirección General de Tráfico, no está aplicando los márgenes de error de sus radares de tráfico como debería.

Una sentencia del pasado 22 de enero dictada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 1 de Pontevedra vuelve a cuestionar las multas y la detracción de puntos impuestas por la DGT, y fija los criterios que deben utilizarse como punto de referencia para los próximos litigios que se juzguen.

Según los abogados de la AEA han planteado en todos estos casos anteriores, «el cinemómetro no realiza una medición exacta de la velocidad del vehículo»

Lo jueces han dado la razón a la AEA: «el criterio correcto que debe seguirse de ahora en adelante es que debe corregirse en cada caso la velocidad detectada por el radar, aplicando a la baja el índice máximo de error admisible según la mencionada Orden ITC/3123/2010, de 26 de noviembre»


Recurrir multas

El margen de error actual en los radares fijos de la DGT es del 5% del límite de velocidad en caso de que un vehículo vaya a más de 100 kilómetros por hora, y de 5 km/h si la velocidad es inferior a 100 km/h. En los radares móviles el límite aumenta al ser menos fiables, estableciéndose en un límite del 7% de la velocidad registrada en el radar si es más de 100 km/h, y de 7 km/h en caso de ir un vehículo a menos de 100 km/h.

Si te han puesto una multa, debes identificar estos tres elementos antes de recurrirla para saber si está bien puesta o mal calculada:

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