La Justicia falla a favor de Telefónica sobre una multa de la Comunidad de Madrid por «redondeos al alza»

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha fallado a favor de Telefónica en el recurso que la compañía interpuso en 2008 contra la multa impuesta por la Comunidad de Madrid por practicar el «redondeo al alza» durante el año 2005, según una sentencia a la que tuvo acceso Europa Press.

La operadora presidida por César Alierta abonó en su momento el importe correspondiente a dicha multa, por lo que la Comunidad de Madrid deberá devolver ahora el importe de la misma, que ascendía a 2,9 millones de euros, más los intereses correspondientes.

Los hechos se remontan a 2007 cuando la Comunidad de Madrid anunció sanciones a los tres principales operadores de telefonía móvil –Telefónica, Vodafone y Orange– por una infracción tipificada como «muy grave» en la Ley de Protección de los Consumidores, al considerar que las compañías habían incurrido en prácticas de «redondeado al alza» en los precios de telefonía móvil en 2005.

En concreto, la Comunidad de Madrid presentó un informe pericial en el que calculaba los segundos cobrados frente a los segundos realmente hablados y pidió para Telefónica una multa de 58 millones de euros que quedó fijada finalmente en 2,9 millones tras la alegaciones de la compañía.

En este sentido, el TSJM ha considerado que el servicio prestado por la compañía no se limita sólo a los segundos que habla el cliente, sino que incluye además otros servicios de los que disfruta el usuario, como el de disponer de la red móvil o de un número de teléfono propio.

En el caso de los otros operadores sancionados, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid desestimó en diciembre del pasado año el recurso que presentó Vodafone, cuya multa ascendía a 1,4 millones de euros, mientras que el recurso de la filial española de France Telecom, Orange, sancionada con algo más de 960.000 euros, todavía no se ha resuelto.

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