Esto es sencillamente tremendo. Es laconstatación de la vergüenza.
¡Por fin! ¡Y Vox ya lo advirtió!
La Comisión Europea ha decidido presentar una demanda contra España ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) por su falta de cumplimiento en la transposición de dos directivas relativas al Impuesto sobre el Valor Añadido. Además, el Ejecutivo comunitario pedirá sanciones económicas, ya que considera que el Gobierno español no ha tomado las medidas necesarias dentro del plazo establecido por la normativa europea. Lo más preocupante es que España se ha convertido en el único Estado miembro que ignora estas obligaciones, lo que ha desatado una ola de críticas entre los autónomos y evidencia la lentitud administrativa en la adopción de normas comunitarias.
Este conflicto tiene su origen en 2020, cuando se aprobó la Directiva (UE) 2020/285, que establecía un régimen especial de exención de IVA para pequeñas empresas y autónomos con una facturación anual inferior a 85.000 euros, aplicable desde el 1 de enero de 2025. Esta norma permitía a los Estados miembros ofrecer una franquicia del impuesto a aquellos sujetos pasivos cuyo volumen de negocios anuales no superara dicho umbral. Países como Francia, Irlanda e Italia han optado por mantener límites elevados para exonerar del IVA a los trabajadores por cuenta propia, mientras que otras naciones como Dinamarca han fijado umbrales más bajos, alrededor de 6.700 euros anuales. En contraste, España aún no ha implementado esta directiva.
El Ministerio de Hacienda ha justificado su falta de acción asegurando que la estructura recaudatoria del IVA no permite cambios significativos en este momento, justo cuando están en marcha los nuevos sistemas de facturación electrónica. Sin embargo, esta justificación no ha convencido a Bruselas, que inició un procedimiento de infracción en enero de 2025 con el envío de dos cartas de emplazamiento. Posteriormente, el 17 de julio del mismo año, la Comisión emitió dictámenes motivados, lo cual es un paso previo antes de llevar el caso al TJUE. Ante la falta de respuesta por parte española, Bruselas ha decidido llevar este asunto ante los tribunales europeos.
La segunda directiva incumplida fue adoptada en 2022 y modifica las normas sobre tipos del IVA dentro de la Unión Europea. Además, introduce disposiciones obligatorias sobre dónde se deben prestar ciertos servicios cuando se ofrecen o transmiten virtualmente. También se incorporan cambios al régimen especial del IVA aplicable a bienes usados, obras artísticas, objetos coleccionables y antigüedades. La falta de estas disposiciones en la legislación española podría generar distorsiones competitivas en el mercado interior y riesgos tanto de doble imposición como de ausencia total de esta carga fiscal, dado que otros Estados miembros ya han adaptado sus leyes a estas normativas.
Las organizaciones que representan a los autónomos han recibido con entusiasmo la decisión tomada por Bruselas. Lorenzo Amor, presidente de la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA), ha criticado con dureza que aún no se haya integrado esta directiva en el ordenamiento jurídico español. Según Amor, los autónomos españoles son los únicos dentro del ámbito europeo que no pueden acogerse al IVA franquiciado si su facturación es inferior a 85.000 euros. Esto supone una clara discriminación respecto a sus colegas europeos. Por su parte, la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA) estima que más de un millón de autónomos en España podrían beneficiarse con este régimen simplificado.
El impacto económico derivado de esta exención sería considerable. Las estimaciones realizadas por ATA sugieren que implementar el IVA franquiciado podría traducirse en un ahorro cercano a los 600 euros anuales en costes administrativos y burocráticos para los autónomos. Esta cifra cobra especial relevancia si se tiene en cuenta que muchos trabajadores por cuenta propia operan con márgenes ajustados y enfrentan una carga administrativa del IVA que representa una barrera significativa para sus actividades. La ausencia tanto del umbral exento como procedimientos adecuados para control y registro crea complicaciones administrativas cotidianas para este colectivo.
Tras conocerse la decisión adoptada por la Comisión Europea, el Ministerio de Hacienda ha aclarado que ya está en tramitación la transposición al ordenamiento español correspondiente a esta directiva europea sobre el IVA. Fuentes del Ministerio han señalado que estos cambios están incluidos dentro de una enmienda presentada por el PSOE a una ley destinada a transponer otra directiva conocida como DAC8. Sin embargo, esta ley lleva meses tramitándose sin avances significativos, lo cual sugiere que la respuesta gubernamental llega tarde y resulta poco convincente.
La demanda ante el TJUE marca un punto crucial en las relaciones entre España y Bruselas en materia fiscal. Mientras otros países han encontrado formas efectivas para adaptar sus sistemas tributarios a las nuevas directrices europeas, España ha optado por permanecer inactiva, convirtiéndose así en un ejemplo emblemático sobre lentitud administrativa. Curiosamente, España no está obligada a aprobar el IVA franquiciado para los autónomos dentro su territorio; esa opción queda a discreción cada Estado miembro según indica la directiva. No obstante, sí es obligatorio transponer las disposiciones necesarias para permitir que las empresas españolas accedan a este régimen en otros países europeos algo que tampoco se ha llevado a cabo.

