A las terceras van las vencidas
Por muy peculiar que sea la naturaleza del Tribunal constitucional, es un Tribunal. Y por tanto, resulta difícil de comprender que ante el incumplimiento y violación flagrante de sus sentencias, -que no recomendaciones-, ese Tribunal, a pesar del articulo 87.1 de su Ley Orgánica que obliga a todos los poderes públicos