Las cámaras del comedor de Antena 3 podrían llegar al Tribunal Constitucional

Las cámaras del comedor de Antena 3 podrían llegar al Tribunal Constitucional

Israel Cuchillo (Periodista Digital).- Los juzgados han dado la razón a Antena 3 con respecto a la instalación de cámaras en el comedor de la cadena y en el pasillo donde tiene su oficina el Comité de Empresa. La representación sindical, sin embargo, se muestra muy confiada de que el recurso que han presentado al Tribunal Superior de Justicia de Madrid dé un vuelco al affaire. Si no, están dispuestos a llegar hasta el Constitucional donde, aseguran, existe jurisprudencia favorable a su demanda.

El Comité de Empresa de la cadena de San Sebastián de los Reyes considera que la instalación de cámaras -que ellos llaman ‘de vigilancia’- en la zona del comedor y restaurante «buscan la fiscalización del tiempo de ocio de los trabajadores y ponen en peligro la libertad sindical» ya que, además, se quejan de otra cámara que se encuentra frente a su oficina.

Pero el juzgado de lo social número 38 de Madrid ya ha dictado sentencia en este conflicto colectivo: absuelve a Antena 3 de la demanda interpuesta por el Comité de Empresa y la sección sindical de CCOO.

La sentencia, con fecha 10 de febrero y a la que ha tenido acceso PERIODISTA DIGITAL, dictamina que

«no hay derecho fundamental de los trabajadores vulnerado»

.

Así, en los fundamentos de derecho redactados por la juez Inmaculada Parrado Caparrós, se establece que las cámaras del comedor

«no son cámaras de seguridad, puesto que no están conectadas a la central de seguridad, ni tampoco graban imágenes, sino que visualizan en el momento la cantidad de gente que hay en el comedor y en la línea de comida al tratarse de un autoservicio a fin de que los trabajadores comprueben dicha situación desde Intranet y decidan cuando desean acudir a comer para no tener que esperar en la fila (…)».

Y detalla que

«las imágenes que se captan (…) son de bajo contenido técnico, de hecho no se puede apreciar personalmente quién está en el comedor (…) la intimidad de los trabajadores por ello no se ve vulnedara toda vez que no se graban ni se escuchan imágenes (…)».

Además, subraya que

«la empresa y los representantes de los trabajadores pactaron implícitamente este sistema en el art. 45 del convenio colectivo de la empresa».

En cuanto a la cámara situada en el pasillo donde el Comité de Empresa tiene su oficina, la juez considera que «está plenamente justificado por motivos de seguridad»:

«en ese mismo pasillo (…) existe un acceso a un parking y al exterior y es por ello que la empresa ha establecido dicho mecanismo de seguridad que ya desde hace años (…) se implantó, sin que el sindicato se haya opuesto hasta este momento (…)».

Y tampoco se vulnera «ningún derecho a la intimidad ni a la libertad sindical», porque

«no se captan ni se escuchan imágenes del interior de los centros sindicales».

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Autor

Israel Cuchillo

Israel Cuchillo, taurino, periodista, community manager, editor. Afilando la comunicación 2.0. A veces me salen fotos chulas.

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