Condenan a cuatro periodistas por filmar a un juez en una sauna gay

(PD/Agencias).- La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó una condena de 61 días de prisión contra tres periodistas y un productor de televisión por la obtención de imágenes con una cámara oculta en un caso de pederastia, informaron este jueves fuentes judiciales.

Los afectados son los periodistas Alejandro Guillier, Patricio Caldichoury y Fernando Reyes, además del productor Raúl Poblete, todos ellos del canal privado ‘Chilevisión’, a los que además se fijó una multa equivalente a 1,5 millones de pesos (unos 2.900 dólares), precisaron las fuentes.

Guillier es además el actual presidente del Colegio de Periodistas de Chile.

El fallo del tribunal de alzada confirmó la sentencia de primera instancia, dictada por la jueza Gabriela Pérez, que había sido apelada por los profesionales afectados.

Según el fallo, los periodistas no cumplirán la sentencia en la cárcel, sino en libertad, con la obligación de firmar periódicamente en el tribunal.

El 5 de noviembre de 2003, Chilevisión difundió un reportaje que mostraba al juez Daniel Calvo, que investigaba una red de pederastia en la que supuestamente participaban conocidos políticos y parlamentarios -esto último se desmintió posteriormente-, como cliente de una sauna frecuentada por homosexuales.

El escándalo costó a Calvo la separación del caso, ser destituido como miembro de la Corte de Apelaciones de Santiago y una suspensión de cuatro meses sin sueldo.

Las grabaciones fueron hechas por el dueño de la sauna, Sebastián Rodríguez, que después las utilizó para tratar de extorsionar al juez.

Rodríguez fue condenado también a 61 días por la grabación, pero por el intento de extorsión recibió una condena adicional de tres años y un día de presidio y deberá pagar dos multas, por un total de 4,5 millones de pesos (unos 8.700 dólares).

La defensa de los periodistas argumentó en su apelación que la jueza Pérez, en su fallo, había criminalizado un supuesto delito de opinión.

Al rechazar la apelación, la Corte indicó que la concurrencia del juez a la sauna ‘no era de interés público’ y la grabación transgredió su derecho a la privacidad.

No puede justificarse el derecho a la información revelando públicamente información íntima obtenida mañosamente, señala el dictamen.

Según fuentes del caso, los periodistas se exponían también a una condena de tres años, pero antes de difundir el reportaje, Guillier y Reyes se reunieron con el juez Calvo y otro funcionario judicial para advertirles sobre el mismo.

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