Urbaneja, contra el Estatuto del Periodista

(Periodista Digital).- Fernando González Urbaneja, presidente de la Federación de Asociaciones de Prensa de España, y en calidad de tal, en un escrito a la Comisión Constitucional que tramita el Estatuto del Periodista, ha mostrado su total desacuerdo con el proyecto. Para la Federación, el punto más criticable es el artículo 2, según el cual el carné profesional será otorgado por un Consejo Estatal de la Información, «una anomalía en el mundo democrático».

I.- En primer término quiero agradecerles su amabilidad y el interés que significa esta convocatoria. Y desde ese agradecimiento debo precisar que mis comentarios corresponden a las conclusiones del debate que sobre esta proposición de ley hemos mantenido en las juntas directivas y asambleas anuales de las organizaciones que presido. Por tanto las opiniones que le voy a trasladar son fruto del consenso de las organizaciones.

II.-Aunque seguramente ustedes conocen qué son la FAPE y la APM les distraigo un momento sobre lo que representan y han representado, con luces y sombras, etapas de activismo y de siesta, durante más de cien años.

III.- Con respecto al proyecto de ley que ustedes debaten ya saben que no estamos de acuerdo, no nos gusta. Así se lo hicimos saber a los sindicatos y a los colegios profesionales que promovieron el proyecto. La disconformidad es de fondo, de concepto, y es resultado del debate en numerosas asambleas y juntas directivas cuyas conclusiones fueron ratificadas en las asambleas generales del pasado año.

Fruto de esas asambleas es el proyecto alternativo que, en su día, hicimos público y que les entrego con esta intervención por si merece su atención. El proyecto es una sugerencia que nace del consenso de las organizaciones.

IV.- Y Discrepamos:
.- Del artículo 1, que no avanza un paso en la definición del periodista, por lo que resulta irrelevante, inútil. Pasa por alto la titulación, y atribuye la acreditación a la nómina y a la imprecisa definición de “ocupación principal y remunerada”.

.- El artículo 2 se refiere al carné profesional otorgado por un Consejo Estatal de la Información. Ese Consejo constituye el eje del proyecto de ley y, para nosotros, es lo peor del mismo, una anomalía en el mundo democrático que tendrá el rechazo de la mayoría de las organizaciones de periodistas, especialmente las más comprometidas con la defensa de la libertad de expresión que el proyecto pretende proteger y desarrollar.

.- Los conceptos de periodista “a la pieza” y “por libre” de los artículos 3 y 4 son imprecisos, raros, quizá inútiles. Tienen interés desde el punto de vista de las condiciones laborales, pero esa es otra materia. Y la referencia a los colaboradores del artículo 6 es contradictoria, se les atribuye unos derechos que luego se les niegan.

.- Las incompatibilidades recogidas en el artículo 8 son tan insuficientes como anticuadas. La doctrina moderna en la materia es mucho más avanzada y precisa. Con respecto a funcionarios públicos de carrera la incompatibilidad no debe venir del hipotético ejercicio del periodismo, sino de sus propias responsabilidades como servidores públicos y de su estatuto como tales. Y llama la atención que no haya una referencia más precisa y completa a los conflictos de intereses, que deben ser el núcleo central de cualquier incompatibilidad en la profesión.

.- La referencia a un Código Deontológico en el artículo 9 es arbitraria y el régimen de sanciones del artículo 10 inadecuado e insólito.

.- El capítulo III, (artículos 11 a 20, inclusive) nos parece lo más interesante del proyecto, aunque es redundante con leyes positivas en vigor, empezando por la propia Constitución. Pero nos preocupan las excepciones que incorpora el artículo 15 al secreto profesional que, de hecho, restringe ese derecho y puede llegar a desnaturalizarlo. En esta materia compartimos con los colegios de abogados la convicción de que mejor no tocar lo que hay, que cualquier modificación puede suponer retroceso para empeorar.

.- Respecto al contenido del artículo 16 nos parece que debería ser materia de una ley específica acerca del deber de informar de las administraciones públicas, y de una mayor exigencia en cuanto a transparencia informativa, que es propia de democracias avanzadas y modernas. Una iniciativa que sugerimos a los grupos parlamentarios y a los partidos que les sustentan, pero que no procede en una norma sobre el ejercicio del periodismo sino más bien desde la buena práctica política.

.- El artículo 17 se mete en un jardín acerca de la gratuidad o el pago de la entrada en actos de interés público. No viene al caso en una ley de este porte. El artículo 18 es redundante, hay jurisprudencia clara al efecto.

.-Compartimos los criterios de los artículos 19 y 20 en materia de derechos de autor, que afectan y modifican otras leyes en vigor y, en parte, sometidas ahora a debate en la cámara.

10º.- También compartimos el criterio sobre la conveniencia de consejos de redacción en los medios informativos, como órganos colegiados de expresión de la opinión del conjunto de la redacción, pero no creemos adecuada una regulación tan prolija e intervensionista de los mismos, que resucita procedimientos de otras épocas, que fueron ineficaces y contraproducentes. Lamentamos que no aparezca la figura del defensor del ciudadano (lector u oyente) con estatuto independiente, que nos parece muy recomendable para una mayor garantía de derechos.

V.- La discrepancia fundamental, esencial, respecto a la proposición radica en el Consejo Estatal de la Información (capítulo VI), es una cuestión de fondo que no admite matices. El concepto es incompatible con un modelo democrático serio y, muy probablemente con nuestra Constitución. Resucita fantasmas del pasado autoritario, es una anomalía que asombrará en Europa. Lo mismo que la pretensión de fijar mediante una ley el marco deontológico de los periodistas.

VI.- Entre la profesión hay diversidad de criterios acerca de la oportunidad y conveniencia de un Estatuto del Periodista. No son pocos los que consideran que con las leyes en vigor, si se cumplen, es suficiente, que hay marco formativo para un ejercicio libre y responsable de la profesión.

También hay quien cree que habría que avanzar en una definición más precisa del ejercicio profesional que haga frente al intrusismo y a los abusos en cuanto a las condiciones de trabajo y contratación. Incluso algunos colegas defienden la colegiación obligatoria.

La Asamblea General de la FAPE acordó el mayo del pasado año defender un Estatuto del periodista que refuerce las exigencias de profesionalidad, que fije la titulación como requisito esencial, que establezca deberes y derechos y que promueva mecanismos de autorregulación.

También hemos aprobado este año una declaración sobre la libertad de expresión que les entrego con esta intervención y que constituye el eje de nuestro programa de trabajo y del juicio que tenemos sobre el estado de la profesión.

En ningún caso queremos sustituir la función y trabajo sindical, por el contrario, pretendemos reforzar su posición, cooperar para mejorar las condiciones en los convenios colectivos generales y específicos. Buena parte de los problemas de la profesión vienen de una deficiente e insuficiente negociación de esos convenios, de un insuficiente trabajo reivindicativo, del que todos somos responsables, incluida la denuncia ante las autoridades laborales.

Y como señalamos en el documento sobre la libertad de expresión, entendemos que jueces y fiscales deberían extremar la diligencia para la eficacia de las leyes a la hora de garantizar los derechos de los periodistas, pero también los de los ciudadanos.

Y VII.- A modo de resumen, en nombre de la FAPE y la APM les agradecemos el interés que muestran por el ejercicio de la profesión del periodismo, pero este Estatuto no da respuesta a los problemas reales, sino que más bien les agrava. Puede ser oportuno un Estatuto de la profesión que actualice legislación dispersa o imprecisa, pero no el reflejado en la proposición de ley. La propuesta que les hemos hecho entendemos que tiene más sentido como material de trabajo.

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