La reforma de la LPI elimina el derecho de cita y hace peligrar el «news.google»

(PD / Agencias).- Abogados especialistas en la regulación de derechos de autor advirtieron hoy que en la reforma de la Ley de Propiedad Intelectual «ha desaparecido» del texto el derecho de cita, que no se regula en ninguna otra norma jurídica, por lo que cualquier reproducción literal de un texto con derechos de autor en una publicación científica, literaria o jurídica «se puede considerar no autorizada». Asimismo, advirtieron de las «deficiencias» por las que se regula la actividad de las empresas de resúmenes de prensa o ‘press clipping’ y otras actividades como la docencia o los catálogos de los museos.

El abogado de la firma Diaz-Bastien & Truan César Iglesias ha afirmado este jueves en rueda de prensa que el texto legal, que actualmente se encuentra bajo trámite parlamentario, previo a su aprobación definitiva en el Congreso, «es un parche» para la adaptación a la norma comunitaria que entraña «más problemas de los que intenta solucionar».

«El derecho de cita es un derecho que existe desde los derechos de autor, y cualquier consecuencia que podamos aventurar es poco, si la norma definitivamente se aprueba como está redactada»

señaló, aunque dijo «estar confiado» en que no será así.

«Espero que se recupere ese párrafo porque si no, las consecuencias serían desastrosas», advirtió Iglesias, que aventuró un «periodo de incertidumbre» en caso que no se volviera a incluir el primer párrafo del artículo 32, donde sí se recogía este derecho en el texto que llegó al Congreso. Entre otras dificultades, esto impediría a las televisiones, según Iglesias, a utilizar imágenes de otra cadena mediante cita, ya fuera española o extranjera.

En ese mismo artículo se regula la actividad de las compañías de resúmenes de prensa o ‘press clipping’, que queda sujeta al consentimiento del autor, que en caso de que «no se haya opuesto expresamente, tendrá derecho a percibir una remuneración equitativa». Según la firma de abogados, la norma es lo suficientemente ambigua para generar muchos problemas, «empezando por la definición del autor» en los artículos de prensa, que, en el caso de los redactores con relación contractual («de plantilla»)los derechos son cedidos a las editoras de prensa.

De esta manera, según explica, la gestión de estos derechos debería llevarse a cabo por medio del acuerdo entre las editoras de prensa y el colectivo de las empresas que se dedican a los resúmenes, lo que «podría resolver el problema o ponerlo peor», según Iglesias. Otro problema añadido se originaría en las firmas y colaboradores de los diarios, que siguen siendo propietarios de los derechos de lo que escriben, y que podrían llegar a acuerdos con estas compañías al margen de lo que decidieran sus casas editoriales.

Entre otras incertidumbres, también apuntó a los servicios de noticias de portales web como Google o Yahoo!, que podrían ser considerados revistas de prensa, y provocar un conflicto «donde no existía. Aquí el legislador sí se ha lucido», ironizó:

«Estamos ante una ley parche que provoca más problemas y no soluciona los que hay. Para eso era más clara la primera redacción que proponía un uso del ‘press clipping’ que no entrañase lucro, que podía provocar polémicas pero era una redacción más segura jurídicamente».

Limitaciones en las escuelas

Otra de las consecuencias de la actual redacción de la LPI, según la firma de abogados es que se introducen limitaciones al uso de ilustraciones que se muestran en las escuelas para la enseñanza, sujetas también a un canon por su exhibición en las aulas, algo que no estaba regulado y que afecta a obras plásticas de arte contemporáneo que todavía tiene derechos.

«En Alemania existe algo parecido, pero se hace la salvedad de las escuelas para el caso de una obra protegida porque tiene una finalidad didáctica»

dijo Iglesias, que criticó el «énfasis de desconfianza en el profesor en el que se basa la ley».

Por su parte, el también abogado Rafael Truan añadió que este punto es «un añadido genuinamente español», que remarca el «afán recaudatorio» del texto:

«La gente no es consciente de que piratear es robar, y es en esa debilidad de concepto en el que debería centrarse el texto legal. La aprobación de más canon lo único que va a conseguir es perjudicar la idea que se transmite a la sociedad en lugar de proteger a los autores».

«Lo único que van a conseguir con esto es el rechazo de la sociedad», apuntó Truan, que reprochó al Gobierno «que no haya explicado el enorme aumento de los ingresos de las entidades de gestión de derechos de autor, que es lo que de verdad genera desconfianza en los ciudadanos».

Conservadores de museos sujetos a canon

En el mismo sentido, denunciaron que «al menos tres entidades madrileñas dedicadas a la exhibición de arte contemporáneo» han tenido que retirar de sus catálogos y de sus páginas web las obras que exponen porque tendrían que pagar «altas cantidades» en concepto de derechos de autor, lo que «va en detrimento del derecho a la información del ciudadano».

«Además, este canon grava a instituciones museísticas públicas, con lo que repercutirá en la entrada o bien a los Presupuestos Generales, en cualquier caso, en los ciudadanos»

apuntó Iglesias, que también aludió a la «incógnita de las cuantías por este capítulo. Otra vez se abren más preguntas que las que se cierran», afirmó.

Iglesias criticó que «la única enmienda de carácter cultural añadida en el Senado sea una disposición adicional que habla de favorecer espacios de utilidad pública para todos», lo que calificó de «una vaga declaración de intenciones»:

«Sería mejor que se aclarasen conceptos, excepciones lógicas como los catálogos, y el fomento de la difusión de la cultura, en vez de afirmaciones programáticas».


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