El caso de La Manada no fue un abuso sexual sino una violación en grupo. Así lo ha determinado por unanimidad el Tribunal Supremo, que ha elevado de 9 a 15 años la condena para José Angel Prenda, Alfonso Jesús Cabezuelo, Ángel Boza, Antonio Manuel Guerrero y Jesús Escudero, los cinco amigos que atacaron a una joven en los sanfermines de 2016.
El tribunal, tras escuchar en una vista pública los recursos de las acusaciones y las defensas contra la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Navarra (que ratificó la de la Audiencia de Navarra), ha decidido revocar esas sentencias y calificar los hechos como un delito continuado de violación.
Los magistrados aplican además dos agravantes que elevan la pena: trato vejatorio y actuación conjunta de dos o más personas. La decisión del Supremo implica que la condena ya es firme.
Dos eminentes juristas como Marcos García Montes y Rafael López-Diéguez analizan desde diversas perspectivas la sentencia del Tribunal Supremo. Diéguez dice que la sentencia ha sido puramente política y García Montes dice no recordar en toda su carrera un momento en el que el Supremo haya actuado tan rápidamente (solo tres años) ante un recurso de casación.