Ni siquiera estaba en Bankia cuando salió a Bolsa

El tribunal carga duramente contra la Fiscalía por implicar a Acebes en el ‘caso Bankia’

El ex ministro es absuelto por la salida a Bolsa de Bankia. Los 34 encausados han sido libres

El tribunal carga duramente contra la Fiscalía por implicar a Acebes en el 'caso Bankia'

El tribunal de la Audiencia Nacional del caso Bankia, presidido por la magistrada Angela Murillo, carga duramente y de una manera inusual contra la Fiscalía y las acusaciones particulares por incluir al ex ministro Ángel Acebes entre los autores de un supuesto delito de estafa en la salida a Bolsa de la entidad.

«Ha sido una cacería hombre», lamentaban fuentes cercanas al entorno de Acebes, tras conocer la histórica sentencia que ha absuelto a todos los acusados en el caso de la salida a Bolsa de Bankia.

«El Tribunal no alcanza a comprender de donde extrae el Ministerio Fiscal…»; «absolutamente contrario a la realidad…»; «de forma gratuita se afirmaba…»… Éstas son algunas de las frases que utiliza el tribunal para referirse a los argumentos con los que la Fiscalía y las acusaciones particulares implicaban a Acebes en una supuesta trama que no ha existido.

Tras ser absuelto por la Sala de lo Penal Sección cuarta de la Audiencia Nacional, al igual que el exministro de Administraciones Públicas, Justicia e Interior con el Gobierno de José María Aznar, el resto de los acusados -31 personas físicas y las entidades BFA, Bankia y Deloitte- se preguntan ahora, quién les va a resarcir por lo ocurrido. 

Durante nueve años ha tenido que aguantar la pena de banquillo por una “intencionada” maniobra para incluirle en la demanda, y “sacar de ella al ex ministro” socialista Virgilio Zapatero, confundiendo, según denuncia, la fecha en la que se incorporó al Consejo de Administración de BFA, matriz de Bankia.

Su incorporación se aprobó el 31 de julio de 1999. La liberación llega tras haber pasado “los peores nueve años de su vida” según ha declarado a La Razón.

La sentencia de la Audiencia Nacional sobre la salida a bolsa de Bankia concluye sobre él -la Fiscalía pedía un año y medio de prisión por falsedad contable- que “resultaría absolutamente insostenible asignar algún tipo de reproche penal” a la actuación desarrollada por el ex presidente del Comité de Auditoría y Cumplimiento (CAC) de BFA, y ex integrante de su Consejo de Administración.

Acebes, ni siquiera se encontraba en el banco cuando se decidió la salida a Bolsa.

«D. Ángel Acebes ingresó en la entidad BFA el 27 de julio de 2011, incorporándose como vocal independiente al Consejo de Administración de esta entidad después de la Salida a Bolsa de BANKIA, y en ella permaneció hasta el 26 de abril de 2012, siendo absolutamente contrario a la realidad que el acusado que ahora nos ocupa perteneciera a dicho Consejo de Administración cuando se decidió la referida Salida a Bolsa, como de forma gratuita se afirmaba en la querella presentada por el Partido Político UPyD», dice la sentencia.

También indica: «Produciéndose una real y auténtica vulneración del principio de igualdad en relación con D. Álvaro de Ulloa, D. Virgilio Zapatero, D. Claudio Aguirre y D. Juan Martín Queralt respecto de los que no se admitió tal querella, porque en las fechas de toma de posesión de estas personas, el 30 de junio de 2011 el primero y el 7 de julio de 2012 los tres restantes, tan próximas a la Salida a Bolsa, las presuntas falsedades ya se habrían cometido, los créditos supuestamente improcedentes ya se habrían concedido y las cuentas anuales ya habrían sido manipuladas, argumento exculpatorio este que sería de preferentísima aplicación a D. Ángel Acebes, que no estaba ni siquiera integrado a BFA en la fecha de la Salida a Bolsa de BANKIA».

Los jueces en su sentencia se detienen con mayor profundidad en el caso de Acebes, al que dedican varias páginas, por entender que contra el exministro de Aznar se ha cometido una vulneración de sus derechos.

Los jueces llegan a decir en la sentencia conocida el 29 de septiembre sobre la acusación contra el exministro que es «paradigma de trato discriminatorio».

«A través del análisis de las pruebas de descargo practicadas en juicio, no existe ni la más mínima constancia de que el acusado D. Ángel Acebes en el cumplimiento de los cometidos inherentes a su cargo de Presidente del CAC de BFA hiciera dejación de sus funciones, impidiendo los quehaceres del Auditor Externo, ni consciente y voluntariamente, ni inconscientemente, más bien todo lo contrario», asegura la sentencia.

Los magistrados culminan diciendo: «En base a todo lo expuesto en este fundamento jurídico resultaría absolutamente insostenible asignar algún tipo de reproche penal a la actuación desarrollada por D. Ángel Acebes Paniagua en el seno de la entidad BFA, como Presidente de su Comité de Auditoría y Cumplimiento y miembro de su Consejo de Administración, procediendo sin más su absolución con toda clase de pronunciamientos favorables».

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Autor

Yéssica Salazar

Licenciada en Comunicación Social, mención Periodismo. Con Máster en Gerencia y Tecnologías de la Información. Con infinito amor por el periodismo y los medios audiovisuales que me han permitido conocer nuevos senderos, diferentes y desconocidos.

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