El Grupo Parlamentario Popular presentó un recurso ante el Tribunal Constitucional contra la Lomloe, más conocida como Ley Celaá, porque vulnera los más esenciales principios, derechos y libertades en el ámbito
educativo que recoge la Constitución.
La norma ataca al castellano como lengua vehicular de todos los españoles y restringe la libertad de los padres para elegir la educación que quieren para sus hijos. La Ley que da nombre a la peor ministra de Educación en los últimos años de hecho supone un ataque a la educación concertada, a la especial y degrada la calidad de la educación pública, tal y como explicó hoy el presidente del Partido Popular, Pablo Casado, en un acto en un colegio concertado junto a Javier Esparza, presidente de UPN, que también se sumó al recurso de inconstitucionalidad.
La portavoz de Educación del PP en el Congreso, Sandra Moneo, en conversación con ‘El Quilombo’ de Periodista Digital afirma que «la Ley Celaá es la ruptura del pacto constitucional».
El recurso, de 90 páginas, impugna 16 artículos (1, 8 bis, 10,12, 16, 17, 27, 28, 29, 50, 55 bis, 56, 78, 81 bis, 83 y 89) y dos Disposiciones Adicionales (la Tercera y la Cuarta) de la Ley Celaá, por entender que vulneran la Constitución española. En el recurso presentado por el PP se critica que en determinadas Comunidades Autónomas con lengua cooficial se trate al castellano “como una lengua no propia, ajena, extraña, obligada o impuesta que debe aprenderse o estudiarse como una lengua extranjera más”.
Se explica que “la ablación del carácter vehicular del castellano en la educación supone un incumplimiento de la obligación del Estado de garantizar tal carácter de la lengua oficial de España en el ámbito educativo”. “Elimina así el último reducto que permitía a los padres reclamar de las administraciones educativas la efectividad de su derecho a que sus hijos puedan utilizar el castellano como lengua vehicular, normal y natural”, añade el recurso
contra la norma.
Para proteger la educación especial se recurren varios preceptos, al considerar que según la propia ley sólo se atenderá la voluntad de las familias que presten su preferencia por lo que se denomina “régimen más inclusivo”, pero no a las que muestren su preferencia por que sus hijos sean escolarizados en centros de educación especial, en el legítimo entendimiento que ello favorecerá mejor su futura integración laboral, social y familiar.
También se impugnan los preceptos que atacan a la educación concertada, considerando que se cercena la libertad educativa cuando se impide a los centros concertados organizar actividades complementarias del modo que entiendan más oportuno y adecuado. Asimismo, se ataca “frontalmente al sostenimiento económico de los colegios concertados mediante la prohibición de percibir cualquier tipo de aportación por estas actividades”.
También se impugnan los artículos que prevén que todas las solicitudes de escolarización en la educación infantil de cero a tres años sean atendidas por plazas públicas, consagrando así una prestación exclusiva. Es decir, la norma no prevé una oferta de plazas públicas y concertadas suficientes, sino solo de plazas públicas.
El recurso del PP añade que la Ley Celaá borra por completo la toma en consideración de la oferta complementaria existente de centros públicos y privados concertados y la demanda social, canalizándola prioritariamente a través de los centros públicos y dejando a los concertados y a la voluntad de las familias una función subsidiaria, subalterna y prescindible.