El Tribunal Supremo ha confirmado una multa de 1,1 millones de euros a Mediaset por la «emisión de contenidos perjudiciales para el desarrollo físico, mental o moral de los menores de edad«.
La sentencia, informa Invertia, confirma la sanción impuesta a la cadena por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) en julio de 2018 y que había sido recurrida por el grupo de televisión.
Esta sentencia refuerza a la CNMC en su lucha para poner coto a la emisión de contenidos inadecuados a mejores de edad en horario protegido. Contenidos que recurrentemente han sido criticados en la emisión de programas como Sálvame, de Jorge Javier Vázquez.
Se confirma además que Sálvame no «sale gratis» y que emitir contenidos que vulneran la protección del menor tiene un coste que ha sido ratificado por el Supremo. 1,1 millones de euros, pese a que Paolo Vasile insiste en decir recurrentemente lo rentable que es este programa, informa Invertia.
Es así como el alto tribunal confirma la multa impuesta a Mediaset como responsable de la comisión de seis infracciones administrativas graves, por las emisiones del programa Sálvame de los días 8, 9 y 10 de enero de 2018. Son contenidos tipificados como infracciones graves del artículo 7.2 de la Ley General de Comunicación Audiovisual (LGCA).
En definitiva, se estima que Telecinco ha vulnerado el horario protegido para menores con contenidos nocivos para esta franja de edad. Estamos ante la última instancia de una batalla judicial de más de tres años que se salda con una de las mayores multas establecidas a una cadena de televisión por este tipo de infracciones.
A los chicos de Vasile y a Jorge Javier, especialmente, parece no importarles que se dañen a los menores. Nada más conocerse la sentencia original de la CNMC, Mediaset recurrió la multa a la Audiencia Nacional. De esta manera, el 17 de enero de 2020 se estimó parcialmente el recurso rebajando la infración, de grave a leve, lo que mantuvo la multa pero redujo la cuantía original de 1.094.006 euros.
De esta manera, la Audiencia rebajó la cuantía de las tres multas, fijándolas en 33.000 por el programa del 8 de enero, 31.000 por el programa del día 9 de enero y 29.000 por el programa del día 10 de enero de 2015, «desestimando el recurso en todo lo demás».
Frente a esa situación la CNMC y Mediaset manifestaron su intención de interponer recurso de casación, ante lo que la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional ordenó remitir las actuaciones al Supremo.
En este sentido, el Supremo admitió a trámite el recurso del Estado, pero no el de Mediaset. De esta manera, el fallo definitivo estima el recurso de la CNMC, contra la sentencia de 17 de enero de 2020. Es así como anula la sentencia de la Audiencia Nacional y desestima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por Mediaset: Esto supone volver a la multa original de 1,1 millones de euros establecida y desestimar sus alegaciones.