'PERIODISTA DIGITAL' PIDE AL JUEZ QUE HÉCTOR DE MIGUEL CONCLUYA CON TODAS LAS OBLIGACIONES SANCIONADAS

Ridículo espantoso: pillamos a Quequé haciendo una jugada patética para ‘cumplir’ con la sentencia que Cadena SER perdió por insultar a Alfonso Rojo

El cómico malote de la SER se cree muy ingenioso pero es como Abundio. Aún no ha publicado el fallo de la Sentencia como debe y seguimos tras él

Ridículo espantoso: pillamos a Quequé haciendo una jugada patética para 'cumplir' con la sentencia que Cadena SER perdió por insultar a Alfonso Rojo

Se cambió el nombre de perfil en la red social X (antes Twitter), se puso el candado para hacerlo privado y se puso a repostear como un loco para que la publicación del fallo de la sentencia quedara bien escondida.

Pero le pillaron los avezados internautas y el ridículo es terrible porque le hicieron tendencia:

Recordemos que este tipo, Héctor de Miguel, Quequé, es el cómico malote de la Cadena SER, un faltón profesional que nunca deja de meterse en todo tipo de jardines. En cualquier caso, el que aquí interesa es el del juicio que perdió por insultar a Alfonso Rojo, con muy poca gracia y con menos inteligencia.

La sentencia firme dictada en marzo de 2023 por la Audiencia Provincial Civil de Madrid le condenó a varios quehaceres por intromisión ilegítima al honor, entre ellos, a pagar 41.800 euros de indemnización, cosa que ejecutó rápidamente. Pero debe ser que pensaba el cómico sin gracia que de lo demás se iba a olvidar Alfonso Rojo y todo ‘Periodista Digital’, además de su notable abogado Álvaro Rojo Quintana.

Pues no, querido Héctor, aquí seguimos esperándolo todo y así le rogamos al juez, hasta en dos ocasiones, este mes de febrero de 2024, señalando la falta de cumplimiento y pidiendo multa coercitiva.

Será por alguna de estas cosas por las que Quequé pensó en aprovechar la agonizante Semana Santa para intentar ‘cumplir’ malamente con una de las obligaciones que restan: la de publicar en Twitter el fallo de la sentencia… El resto ya lo conocen.

Por puntualizar, para que no se le vaya a pasar, recordamos a Quequé que le falta por cumplir varias cosas:

  • eliminar de su cuenta de Twitter todos los tuits objeto de la demanda.
  • eliminar de Youtube todos los vídeos que contentan expresiones objeto de demanda.
  • eliminar los podcasts que contengan estas expresiones.
  • lectura del encabezamiento y fallo de la Sentencia en el programa ‘La Vida Moderna’ o similar en franja horaria y audiencia.

Lo que decía la Sentencia

Les dejamos aquí a modo de recordatorio unos fragmentos de la Sentencia, por si quieren entretenerse a conocer más detalles:

  • En el caso que nos ocupa, sin mediar provocación directa por el Sr. Rojo al Sr. de Miguel, este le califica como “subnormal”, no una, sino hasta 16 veces, con evidente insistencia y animo recordatorio de su juicio peyorativo sobre el demandante, en comentarios de su programa radiofónico, canal de Youtube y en diversos tweets, para lograr una difusión continuada de dicha opinión con el propósito de lograr extenderla a una mayor audiencia, incitando a su difusión por cualquier red social, creando premios, dominios de web…
  • Dicha difusión que pretendía extender tal muestra de desprecio hacia el Sr. Rojo, resulta probada con la documental reportada por el demandante en la demanda y en la Audiencia Previa.
  • Resulta evidente, que los enfoques y modos de pensar del Sr. Rojo y del Sr. de Miguel, pueden no ser coincidentes, incluso ser notoriamente opuestos, pero tal discrepancia, no justifica ofensas notoriamente innecesarias al fin perseguido, que la realidad social actual no permite, ni tampoco ampara un pretendido ius retorquendi utilizado de modo reiterativo y continuado el insulto. Pues como ya sienta la doctrina que se ha expuesto, cabe amparar la ironía o el ingenio, nunca el insulto, en la connotación de humillación social, que tiene para cualquier persona, aun cuando sea un personaje público.
  • No consideramos, nada irónico ni ingenioso, tildar de modo repetitivo de “subnormal” a una persona con la que se discrepa, exigiendo un premio con su nombre unido a tal apelativo para el demandante, o hacer un llamamiento en las redes sociales para lograr una vinculación inmediata de tal adjetivo peyorativo con el actor en google o Wikipedia alterando su perfil, o crear un dominio web en tal sentido. Consideramos que resulta lamentable un acoso semejante entre profesionales, semejándose a una cruel situación de bulling, que merece un justificado reproche social, pues se pretende provocar una situación de humor a costa de la humillación y denostación de una persona a nivel social.

  • Consideramos que la expresión reseñada no solo es desagradable, ofensiva, e hiriente para la persona afectada, que se ve tachada de una merma intelectual por sus opiniones, sino que debe también tenerse en cuenta en este ataque al honor de D. Alfonso, el intento de los demandados de difundir y extender tal trato menospreciativo a la opinión de terceros por todos los medios de difusión posible, radio, canal de Youtube, cuentas de Twitter, páginas web…
  • Repetimos que se trata de manifestaciones gratuitas e insultantes, ya que no se encuentran enmarcadas en una discusión propia del tema debatido en el programa de radio, sino que aparecen aisladas y fríamente planteadas en los comentarios. Constatándose, incluso que a veces se advierte algún compañero del programa, que el comentario referido al Sr. Rojo no viene al caso, dicha gratuidad de los comentarios lo encontramos igualmente en los «tweets», que se difunden a través de internet en una red social, y a las que no le podemos encontrar otra intención que la de la mera ofensa y mofa del demandante. Debiéndose tener en cuenta que el demandado conocía perfectamente que al difundirse en twitter, cualquier persona podría acceder a ellas y más concretamente los seguidores dentro de esta red social, a los cuales jalea cada vez que identifican el insulto de “subnormal” con el Sr. Rojo.

Y responsabilidad de la Cadena SER:

  • Lo que implica, que esta conducta de connivencia con el autor de las expresiones menospreciativas durante sucesivos programas de la cadena, unida a la participación en los beneficios económicos derivados de la divulgación, determina que es procedente esta extensión de la responsabilidad, con carácter solidario, a la cadena radiofónica, SOCIEDAD ESPAÑOLA DE RADIODIFUSION SL, Cadena SER, en donde se han propagado las manifestaciones que constituyen la intromisión ilegítima, por el autor directo de dichos insultos.

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Autor

José Pablo González

Licenciado en periodismo en 2010 por la Universidad Complutense de Madrid. Canterano del diario ABC, en Periodista Digital desde 2013, actualmente es redactor-jefe. 

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