HÉCTOR DE MIGUEL NO APRENDE

Quequé, prepara la cartera: El de la Cadena SER vuelve a liarla con una grave acusación contra VOX

Después de los 41.8000 palmados frente a Periodista Digital, ahora hace otra gracieta peligrosa y querellable contra la formación de Santiago Abascal

Héctor de Miguel.
Héctor de Miguel.

No aprende ni a la de tres.

Ni tampoco palmando cerca de 42.000 euros.

Héctor de Miguel (Cadena SER), más conocido como Quequé, vuelve a estar al filo de tener que abonar otra bonita cantidad de dinero a poco que un partido como VOX sepa plantear bien la cuestión en sede judicial.

La formación de Santiago Abascal, que sacó un escaño en las elecciones del País Vasco, se encontró con esta ‘sesuda’ reflexión del supuesto humorista:

El troleo en redes sociales, espectacular:

Los más de 41.000 euros a Periodista Digital

La Justicia condenó a la Cadena SER al pago de 41.800 euros por bullying, por  haberse dedicado ‘insistentemente’ a insultar a este medio y a su director, por vulnerar el honor de Alfonso Rojo.

La sentencia señaló como autor principal a Héctor de Miguel, más conocido como ‘Quequé’, pero responsabilizó al conjunto de la empresa radiofónica del Grupo PRISA, por ‘connivencia‘ con el chistoso.

Y por eso, la cadena de Angels BarcelóCarles Francino y otros similares, fueron condenados a pagar hasta las costas.

Estos fueron algunos de los párrafos más relevantes de la sentencia:

  • En el caso que nos ocupa, sin mediar provocación directa por el Sr. Rojo al Sr. de Miguel, este le califica como “subnormal”, no una, sino hasta 16 veces, con evidente insistencia y animo recordatorio de su juicio peyorativo sobre el demandante, en comentarios de su programa radiofónico, canal de Youtube y en diversos tweets, para lograr una difusión continuada de dicha opinión con el propósito de lograr extenderla a una mayor audiencia, incitando a su difusión por cualquier red social, creando premios, dominios de web…
  • Dicha difusión que pretendía extender tal muestra de desprecio hacia el Sr. Rojo, resulta probada con la documental reportada por el demandante en la demanda y en la Audiencia Previa.
  • Resulta evidente, que los enfoques y modos de pensar del Sr. Rojo y del Sr. de Miguel, pueden no ser coincidentes, incluso ser notoriamente opuestos, pero tal discrepancia, no justifica ofensas notoriamente innecesarias al fin perseguido, que la realidad social actual no permite, ni tampoco ampara un pretendido ius retorquendi utilizado de modo reiterativo y continuado el insulto. Pues como ya sienta la doctrina que se ha expuesto, cabe amparar la ironía o el ingenio, nunca el insulto, en la connotación de humillación social, que tiene para cualquier persona, aun cuando sea un personaje público.
  • No consideramos, nada irónico ni ingenioso, tildar de modo repetitivo de “subnormal” a una persona con la que se discrepa, exigiendo un premio con su nombre unido a tal apelativo para el demandante, o hacer un llamamiento en las redes sociales para lograr una vinculación inmediata de tal adjetivo peyorativo con el actor en google o Wikipedia alterando su perfil, o crear un dominio web en tal sentido. Consideramos que resulta lamentable un acoso semejante entre profesionales, semejándose a una cruel situación de bulling, que merece un justificado reproche social, pues se pretende provocar una situación de humor a costa de la humillación y denostación de una persona a nivel social.
  • Consideramos que la expresión reseñada no solo es desagradable, ofensiva, e hiriente para la persona afectada, que se ve tachada de una merma intelectual por sus opiniones, sino que debe también tenerse en cuenta en este ataque al honor de D. Alfonso, el intento de los demandados de difundir y extender tal trato menospreciativo a la opinión de terceros por todos los medios de difusión posible, radio, canal de Youtube, cuentas de Twitter, páginas web…
  • Repetimos que se trata de manifestaciones gratuitas e insultantes, ya que no se encuentran enmarcadas en una discusión propia del tema debatido en el programa de radio, sino que aparecen aisladas y fríamente planteadas en los comentarios. Constatándose, incluso que a veces se advierte algún compañero del programa, que el comentario referido al Sr. Rojo no viene al caso, dicha gratuidad de los comentarios lo encontramos igualmente en los «tweets», que se difunden a través de internet en una red social, y a las que no le podemos encontrar otra intención que la de la mera ofensa y mofa del demandante. Debiéndose tener en cuenta que el demandado conocía perfectamente que al difundirse en twitter, cualquier persona podría acceder a ellas y más concretamente los seguidores dentro de esta red social, a los cuales jalea cada vez que identifican el insulto de “subnormal” con el Sr. Rojo.

(Responsabilidad de la Cadena SER):

  • Lo que implica, que esta conducta de connivencia con el autor de las expresiones menospreciativas durante sucesivos programas de la cadena, unida a la participación en los beneficios económicos derivados de la divulgación, determina que es procedente esta extensión de la responsabilidad, con carácter solidario, a la cadena radiofónica, SOCIEDAD ESPAÑOLA DE RADIODIFUSION SL, Cadena SER, en donde se han propagado las manifestaciones que constituyen la intromisión ilegítima, por el autor directo de dichos insultos.

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Autor

Juan Velarde

Delegado de la filial de Periodista Digital en el Archipiélago, Canarias8. Actualmente es redactor en Madrid en Periodista Digital.

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