Condenan a un joven a 20 años de cárcel por violar a una menor

La sección cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a un joven de 22 años a cumplir una pena de 20 años de prisión por violar a una menor, que en el momento de los hechos tenía 17, después de que ésta ya hubiera mantenido relaciones sexuales con un amigo suyo en una caseta abandonada ubicada en el municipio valenciano de La Olleria.

El tribunal ha considerado probados los hechos en base, fundamentalmente, a la declaración de la víctima, y ha condenado a este joven por dos delitos de agresión sexual. Frente a ello, ha decidido absolver al otro joven –el amigo suyo– que estaba también acusado como cómplice– al considerar que esta acusación es difícil de demostrar.

La Audiencia considera probado que el joven, alias ‘El Vasco’, cometió la agresión sexual junto a otro menor, que ya ha sido juzgado y sentenciado por estos hechos. Ambos se pusieron de acuerdo con su amigo y esperaron a que éste mantuviera relaciones con la víctima, para hacerlo luego ellos. El incidente tuvo lugar el 6 de septiembre de 2009, durante las fiestas del pueblo.

Ese día el acusado, el otro menor y el amigo fueron a una peña de la localidad en la que se encontraba la víctima. Tras tomar allí varias copas, la menor pactó con uno de ellos, alias ‘El Gitano’, irse a una caseta abandonada próxima para mantener relaciones sexuales. El condenado y el otro menor se fueron con ellos hasta el inmueble deshabitado, sin la víctima sospechase nada anormal por la relación que había entre ellos tres.

Una vez en el inmueble, ‘El Gitano’ y la menor subieron a la parte de arriba, a una habitación en la que había un colchón, sobre el que mantuvieron relaciones sexuales consentidas.

Los otros dos chicos esperaron en la planta inferior, hasta que transcurrido un tiempo, subieron arriba y hablaron durante varios minutos con su amigo. Tras ello, éste se marchó y sus amigos se quedaron allí.

Una vez se marchó el chico, entraron en la habitación sus dos amigos y la violaron. La chica explicó el día del juicio que los chicos «no iban muy bebidos, sólo iban contentos», y que estuvieron con ella entre 20 y 30 minutos, hasta que pudo escaparse cuando se distrajeron con la banda del pueblo que pasaba en ese momento por delante de la caseta en la que se encontraban.

El tribunal ha dado como ciertos estos datos en base a la declaración de la víctima, cuyo relato ha sido permanente desde que denunció lo sucedido, y mantenido «sin fisuras» ante la Audiencia, que «pudo apreciar la dureza de la situación vivida por la menor que apenas podía relatar el suceso», contempla.

«No se ha encontrado razón de odio o resentimiento en la declaración de la mujer, que está más que confirmada por la conformidad que el menor prestó en el expediente seguido ante el Juzgado de Menores (…) que admitió el relato de hechos idéntico al que nosotros venimos declarando probado», expone el escrito.

«ACTUAR VERGONZOSO»

En cuanto al joven –el amigo– que ha sido absuelto, el tribunal no ha encontrado pruebas suficientes para condenarlo. «Puede ser un actuar vergonzoso para quien lo ejecuta, de una bajeza sin par, y hasta poco caballeroso, si se quiere ser más suave en la crítica, pero este tribunal en este solo hecho no puede asentar una condena por dos delitos de agresión sexual por cooperador necesaria».

Así, estima que el hecho de irse de la caseta y dejar a la chica con sus amigos no es un hecho criminal que debe encontrarse en la cooperación delictiva, «por lo que no habiendo otra prueba no puede declararse vencido el principio constitucional de inocencia».

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