El empresario que, a partir de ahora, alegue «pérdidas previstas» para extinguir los contratos de trabajo a través de un expediente de regulación de empleo (ERE) deberá presentar a la autoridad laboral, además de la documentación general, dos nuevas exigencias … Hasta el momento, el texto legal sólo hablaba de «pérdidas previstas», pero un primer borrador de este reglamento -conocido a principios de año y que finalmente no ha salido adelante-, endurecía los requisitos para las compañías, al indicar que el empresario debía probar que dichas pérdidas no tendrían un carácter meramente coyuntural para poder acogerse al ERE …
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