La ley prohíbe ahora que se fomenten comportamientos nocivos para la salud, por lo que las bebidas de más de 20 grados no pueden anunciarse en televisión entre las 6 y las 20:30 y las de menos de esta graduación tienen prohibido hacerlo cuando van dirigidas a menores o fomente el consumo inmoderado.
Lo mismo ocurre con el tabaco, que no se puede anunciar en ningún medio.
Antes no ers así.
Publicidad prohibida o restringida
Algunos productos son considerados malos para la salud y por tanto se restringe o incluso se prohíbe su publicidad (alcohol, tabaco y medicamentos).
En el caso del tabaco, la publicidad está prohibida excepto cuando las publicaciones son procedentes de países que no son de la Unión Europea y no van dirigidas a menores de edad.
Está prohibido usar marca de tabaco para vender camisetas o relojes o para hacer actos promocionales.
Por otra parte, el alcohol obliga a que se fomente un uso moderado.
Básicamente, en la televisión no se pueden publicitar bebidas de más de 20 grados.
Tampoco se admitirá hacer publicidad con el alcohol en los 4 siguientes casos:
- 1) Cuando esté dirigido a menores.
- 2) Estará prohibida la publicidad de alcohol entre las 6 de la mañana y 8 :30 de la tarde.
- 3) Estará prohibido fomentar el uso desmedido.
- 4) No se puede asociar el consumo a la mejora del rendimiento físico, el éxito social o la salud.
Por último, los medicamentos siguen una normativa regida por la Ley general de Sanidad.
Al tratarse de medicamentos, deben pasar unos tests y un visto bueno de Sanidad.