La CMT fija a las «telecos» regionales el límite de exención de la tasa de RTVE

Las operadoras que acrediten que el 75% de sus ingresos brutos de explotación proceden de clientes domiciliados en una única comunidad autónoma estarán exentas de pagar el gravamen que les ha impuesto el Gobierno a las «telecos» para financiar a RTVE.

Así lo ha acordado el Consejo de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT), que ha fijado el criterio para determinar el ámbito geográfico de actuación de los operadores de comunicaciones electrónicas, según informa el órgano regulador en un comunicado.

La Ley de Financiación de RTVE, y el real decreto por el que se desarrolla esta norma, establece que todos los operadores con un ámbito estatal o superior al de una comunidad autónoma están obligados a realizar la aportación.

El decreto presume que todos los operadores son de ámbito estatal, salvo que la CMT constate lo contrario. Ahora, la comisión, tal como expuso meses atrás en el informe que envío al Gobierno sobre la Ley de Financiación de la CRTVE, ha considerado que el límite del 75% es «el porcentaje más razonable y representativo, ya que permite asumir que un operador desarrolla mayoritariamente su actividad en una comunidad autónoma y así se evita gravar otras actividades residuales que el operador pueda desarrollar en otros ámbitos geográficos», explica la nota.

Por otra parte, el pasado 6 de octubre finalizó el plazo de recaudación por parte de la CMT de las primeras aportaciones de los operadores de telecomunicaciones y de televisión para financiar a la CRTVE.

Hasta dicha fecha, la CMT ha recibido las autoliquidaciones de los pagos a cuenta de operadores y televisiones correspondientes a los dos primeros trimestres de 2010 por un valor de 128,35 millones de euros.

En cuanto a la autoliquidación correspondiente al ejercicio de 2009, a la que sólo estaban obligadas las televisiones, la cantidad es de 20,22 millones de euros. En este sentido, el total (pagos a cuenta de 2010 y autoliquidación de 2009) ha ascendido a 148,57 millones de euros.

En el caso de los operadores de comunicaciones electrónicas, la Ley 8/2009 de de agosto de Financiación de RTVE estableció una aportación del 0,9% de sus ingresos brutos de explotación anuales, mientras que para las televisiones se fijó un 1,5% de los ingresos brutos de explotación facturados en el año, en el caso de los prestadores de acceso condicional o de pago, y de un 3% para los prestadores del servicio de televisión en abierto.

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