El Ejecutivo ni se ha molestado en justificar los motivos
El Grupo Intereconomía ha presentado un recurso de reposición contra el acuerdo del Consejo de Ministros del pasado 24 de agosto por el que se eliminaban determinadas condiciones impuestas por la Comisión Nacional de la Competencia (CNC) a la fusión entre Antena 3 y La Sexta. —LEA MÁS EN LA GACETA—
Las facilidades concedidas por el Gobierno del PP, a juicio de Intereconomía, “perturban la competencia efectiva en el sector de la televisión, el pluralismo informativo y perjudican los intereses generales”.
Y es que para cumplir con la exigencia constitucional se requiere “un pluralismo efectivo con empresas autosuficientes que puedan acceder a la financiación publicitaria en situación de igualdad”.
Al mismo tiempo, se precisa un nuevo planteamiento de la televisión pública. El recurso presentado por Intereconomía denuncia los efectos “nocivos” en términos de competencia en el mercado de la publicidad que produce el efecto de concentración entre Antena 3 y La Sexta.
De ahí, que el recurrente inste al Gobierno a que “se permita la supervivencia en el mercado de los operadores de televisión no vinculados a Mediaset o a Antena 3/La Sexta y que ambos grupos tengan la obligación de comercializar la publicidad de manera conjunta con los operadores de televisión en abierto más pequeños e independientes de su estructura”.
Por esta razón, a Intereconomía “prácticamente se le ha expulsado del circuito de comercialización de la publicidad y sólo le quedan los restos que sobren de las prácticas concertadas entre los grandes operadores”.
¿Interés general? En el recurso presentado se resalta que el Consejo de Ministros ha ignorado el criterio de la Comisión Nacional de la Competencia. Es más, llama la atención que “el Gobierno no se haya molestado en justificar, como manda la ley, los motivos por los que ha modificado o suprimido lo acordado por la Comisión Nacional de la Competencia”.
En cambio, prefirió “refugiarse en el concepto jurídico indeterminado del interés general” y en “el aseguramiento de la ejecución del dividendo digital”. El concepto de interés general es una cláusula que habilita al Ejecutivo para intervenir en las concentraciones empresariales en los términos previstos del artículo 60 de la Ley de Defensa de la Competencia, aunque la jurisprudencia del Tribunal Supremo exija que los actos y decisiones del Consejo de Ministros se motiven de una forma detallada.
Esto supone, a juicio de este Grupo de Comunicación, “sal- var a La Sexta de sus problemas financieros”. De ahí, que “si La Sexta es inviable y no puede cumplir el contrato celebrado con la Administración, que devuelva la licencia y se licite el espectro que queda vacante, no entregándose este a uno de los operadores que por haber accedido mucho antes al mercado es significativamente más poderoso que los demás”, resalta el recurso de Intereconomía.
Posición abusiva
El escrito presentado también insiste en que “las razones de interés general, que se esgrimen en el acuerdo impugnado para modificar tales condiciones, no son realmente razones de interés público, sino de interés particular entre Antena 3 y La Sexta”.
En este sentido, el interés público debe pivotar, en el ámbito del servicio de la televisión, sobre el pluralismo informativo consagrado en el artículo 20 de la Constitución. Doctrina del Consejo de Estado avala esta materia. Y es que con el acuerdo aprobado por el Gobierno del PP “se blinda la posición abusiva de dos macrogrupos que acaparan más del 85% de los ingresos de publicidad y se excluye de facto al resto de los operadores”.
Este es el motivo por el que se está promoviendo un mercado enfermo, pues la posición de dominio del grupo resultante de las concentraciones facilitará claros abusos que excluyen la viabilidad comercial y económico-financiera de las entidades competidoras. Por tanto, Intereconomía pide al Gobierno que prohíba la concentración.