Confirma la sentencia del TSJM subiendo las indemnizaciones a 45 días por año trabajado

El Supremo avala el ERE y los depidos en Telemadrid

La decisión, a diferencia de lo ocurrido en Valencia con Canal 9, permitirá seguir operando a la televisión autonómica

El Supremo avala el ERE y los depidos en Telemadrid
Ignacio Gonzalez PD

El presidente de la Comunidad de Madrid, Ignacio González, anunció que si la Justicia anulaba el ERE no tendrían más remedio que cerrar el Ente Público

El pleno de la Sala Social del Tribunal Supremo ha confirmado este 26 de marzo de 2014 el fallo del TSJM que, en abril de 2013, consideró el despido colectivo que llevó a cabo el ente público Telemadrid no ajustado a derecho.

Esta sentencia reconocía a los trabajadores una indemnizacion de 45 días por año (y no los 20 que fijo el Consejo de Administración) hasta la reforma laboral de 2012 y 33 días a partir de la misma. Telemadrid no tendrá que cerrar.

Meses atrás, el presidente de la Comunidad de Madrid, Ignacio González, anunció que si la Justicia anulaba el ERE no tendrían más remedio que cerrar el Ente Público al no poder afrontar los gastos, al igual que hizo en su día la Generalitat valenciana con el cierre de su canal autonómico.

El ERE se aprobó el 9 de enero de 2013. Ese día, el consejo de administración de Radio Televisión Madrid dio luz verde al plan de reestructuración definitivo para Telemadrid tras un mes de negociaciones sin acuerdo. Los sindicatos impugnaron el acuerdo ante la Justicia.

Improcedentes las cuantías
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) acordó en mayo del año pasado declarar «improcedentes» las cuantías fijadas en el ERE, sin forzar a readmitir a los trabajadores despedidos. La sentencia repercutía en las indemnizaciones que los trabajadores del Ente tendrían que recibir.

Así, el TSJM estimó parcialmente la demanda de los sindicatos y consideró que «procede declarar no ajustada a derecho la decisión extintiva adoptada por las demandadas a no haberse acreditado la concurrencia de la causa legal indicada en la comunicación extintiva», aunque desestima la «causa de nulidad» presentada.

Se basó para rechazar declarar los despidos nulos básicamente en que el Ente no ostenta consideración de Administración pública y que, por tanto, la prioridad de permanencia del personal laboral fijo es «aplicable a los procedimientos de despido en las Administraciones Publicas».

Tras conocer el fallo, la dirección de Telemadrid acordó recurrir en casación al Supremo, al igual que anunciaron los sindicatos.

Fuentes de Telemadrid explicaron entonces a Europa Press que este recurso se presentó «a última hora» porque la intención era ejecutar el dictamen del Tribunal madrileño. Sin embargo, el hecho de que las organizaciones sindicales hayan decidido presentar recurso de casación a la sentencia les obligó a hacer lo mismo.

 

Te puede interesar

CONTRIBUYE CON PERIODISTA DIGITAL

QUEREMOS SEGUIR SIENDO UN MEDIO DE COMUNICACIÓN LIBRE

Buscamos personas comprometidas que nos apoyen

COLABORA

Lo más leído