Denuncia que al Estado se le ha desposeído de fuerza

El vídeo viral del forense José Cabrera vaticina qué ocurrirá con la Ley de Vivienda de Sánchez

"Para desalojar a cuatro vecinos delincuentes de Majadahonda se han necesitado 150 efectivos. Antes, 2 tricornios desalojaban a 200 personas"

El que avisa no es traidor.

La nueva Ley de Vivienda de Pedro Sánchez, que entrará en vigor a mediados de mayo de 2023, después de que pase el trámite necesario de su aprobación en el Senado, es un auténtico chollo para los okupas.

Evidentemente, no es que la normativa ponga en algún punto que cualquier ciudadano puede meterse en una vivienda y quedarse en ella el tiempo que desee.

Explícitamente, desde luego que no. Pero yendo a la letra pequeña (y no tan pequeña), es de cajón que aquellos que se metan en un piso de alquiler pueden, perfectamente, dejar de pagar la renta mensual y los trámites burocráticos por los que tendrán que pasar los legítimos propietarios para echar a los okupas van a resultar más penosos que el Vía Crucis.

En el programa de Iker Jiménez, el forense José Cabrera dejó claro lo que va a pasar a partir de ahora para poder desahuciar a quien se ha quedado a vivir en una casa que no es de su propiedad.

Para ello pone como ejemplo lo sucedido hace algunas semanas, en abril de 2023, con unos okupas en un bloque de viviendas de Majadahonda (Madrid):

Para desalojar a cuatro vecinos delincuentes de Majadahonda se han necesitado 150 efectivos. Antes, 2 tricornios desalojaban a 200 personas. ¿Qué ha pasado? ¿Por qué ahora necesitamos a 200 para desalojar a 4? Porque las leyes no existen, porque la autoridad se ha perdido y la fuerza moral que tenía antes la seguridad del Estado, no existe.

¿Y qué es lo que hay que tener en cuenta ahora con la nueva Ley de Vivienda sanchista?

Los puntos principales de esta controvertida normativa son los siguientes:

  1. Tope a los alquileres: La nueva norma completa que las rentas para aquellas viviendas que se encuentren en zonas tensionadas podrán ser limitadas en todos los casos y en todos los territorios, es decir, independientemente de que estos sean de grandes o pequeños propietarios así como de antiguos o nuevos contratos. Además, se elimina que se puedan actualizar de forma anual los convenios con el IPC como índice de referencia, tal y como estaba establecido hasta el momento. Así, durante este año 2023 el límite que se aplicará será del 2% que está en vigor, en 2024 se elevará hasta el 3% y todo con el compromiso de crear un nuevo índice para los años siguientes que comenzará el 1 de enero de 2025 que esté siempre por debajo el IPC.
  2. Definición de grandes tenedores: Ahora se rebaja este concepto de diez inmuebles a cinco. Aquellas personas o empresas que tengan en su poder cinco o más viviendas en un área calificada como tensionada  serán considerados grandes propietarios y estarán sujetos a sus propias consideraciones. También se amplía el concepto de zonas tensionadas. Los territorios tienen que satisfacer dos requisitos: que la carga media del coste de la hipoteca o del alquiler más los gastos y suministros básicos supere el 30% de la renta media de los hogares, así como que el precio de compra o alquiler de la vivienda haya aumentado al menos 3 puntos por encima del IPC en los cinco años anteriores a la declaración de área tensionada.
  3. Más derechos para los inquilinos: Ahora los gastos y honorarios inmobiliarios producidos por el alquiler de un inmueble tendrán que correr siempre a cargo del propietario, algo que hasta ahora únicamente era de cumplimiento para los grandes tenedores. Y para evitar que estos intenten compensar estos gastos, el documento también prohíbe que se pueda aumentar las rentas a través de nuevas cláusulas, como la comunidad o las tasas de basuras, que no estén acordadas previamente.
  4. Los desahucios: La nueva norma prohíbe que estos desalojos se lleven a cabo sin fecha y hora predeterminada y establece un aumento del control de la Administración. De hecho, se incluyen nuevas prórrogas en los procedimientos de lanzamiento, para poder aplazarlos más de dos años, y el acceso obligatorio a las alternativas para las personas vulnerables.

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