Suspendido cautelarmente el euskera como lengua vehicular de la enseñanza

Suspendido cautelarmente el euskera como lengua vehicular de la enseñanza

(PD).- A pesar de que los decretos que establecen que el euskera es la lengua vehicular de la enseñanza vasca fueron aprobados tan sólo unos días antes de las elecciones en la Comunidad por el Ejecutivo de PNV y EA, éstos no han conseguido salirse con la suya, de momento. El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha ordenado la suspensión cautelar de las normas gracias a la querella que la Plataforma por la Libertad de Elección Lingüística había presentado.

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha ordenado la suspensión cautelar parcial de los artículos de los decretos de Educación Infantil y Bachillerato elaborados por el anterior Gobierno vasco que establecían el euskera como lengua vehicular.

La Plataforma por la Libertad de Elección Lingüística había recurrido ante el TSJPV los dos recursos mencionados y solicitado medidas cautelares para lograr la paralización de la ejecución de ambos decretos, redactados por el departamento que dirigía Tontxu Campos (Eusko Alkartsuna) poco antes de la celebración de las elecciones autonómicas del pasado 1 de marzo.

La Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJPV ha estimado en sendos autos, de manera parcial, las peticiones de esta asociación de padres, que reúne a unas 2.000 familias, y ha accedido a la suspensión del precepto de los decretos que señala: «El euskera será la principal lengua vehicular en el ámbito escolar».

La plataforma también reclamó al tribunal que tutelara el derecho de los padres a elegir la lengua de enseñanza «ordenando a la Administración escolar vasca que habilite las medidas necesarias y disponga los medios adecuados para que a los escolares vascos les sean ofertadas efectivamente las tres líneas de enseñanza, en castellano, euskera y bilingüe».

El alto tribunal vasco ha rechazado esta petición porque, según ha argumentado, la sala no puede fijar «en fase cautelar una medida dirigida a ordenar a la Administración cómo debe aplicar» los decretos recurridos.

«No procede, en ese momento procesal, entrar en el examen de fondo de los argumentos que exponen los recurrentes».

Los autos, fechados el 27 de mayo, han sido notificado hoy a las partes, según ha señalado a EFE el abogado de la Plataforma por la Libertad de Elección Lingüística, Iñigo Urien.

Fuentes de esta plataforma consultadas por EFE se han felicitado por la decisión del TSJPV y han advertido de que «el Gobierno vasco tiene ahora en sus manos la capacidad de que esta resolución se traduzca en hechos prácticos».

Asimismo, han opinado que esta suspensión cautelar de los citados artículos es «un doble mensaje»:

Por un lado, a los padres, «que ahora tendrán la capacidad de reclamar que la ley de modelos lingüísticos se respete». Y, por otro, a los centros escolares que han implantado modelos de inmersión amparándose en esos decretos, «en muchos casos en contra del deseo de los padres», ya que ahora está por ver «qué seguridad jurídica tienen».

Fuentes del Departamento de Educación han declinado hacer declaraciones sobre el auto del alto tribunal y se han limitado a decir que la decisión de suspender cautelarmente dichos artículos «no entra en contradicción» con los planteamientos que ha defendido la consejera, Isabel Celaá.

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