Nueva sentencia de la UnionGC. EL TSJM de Madrid da la razón a un Guardia Civil que solicitaba la nulidad de una resolución de la Directora General Guardia Civil.

La UnionGC, consigue una nueva derrota de la Directora General

Se debe evaluar y evaluar de modo serio y de manera continua, cualquier organización seria, lo haría. En la Guardia Civil simplemente viendo las estadísticas de los suicidios se puede ver que el sentido común falla, el régimen disciplinario es un disparaté y con las acciones judiciales y las sentencias en las manos, no hay la menor duda que hay responsables que deben pagar no sólo con sus ceses, sino, con sus responsabilidades judiciales.

La UnionGC, consigue una nueva derrota de la Directora General
El que daña y abusa del poder debe responder. Sentencia tras sentencia dan la razón a los guardias civiles y nadie es responsable.

Pasará el balón, pero no el jugador. Autor DGGC y sus generales

Los servicios jurídicos de la UnionGC, nuevamente acaban de dar un soberano golpe a la directora general, no es nada nuevo. Cada victoria lleva aparejada víctimas y pérdidas por el camino. La situación en la Guardia Civil se torna desastrosa, aquí no hay quien pague, sólo quien dañe, no hay quien sea responsable y el poder se ejerza con desviación y con abuso. Web UnionGC

Sin la menor duda se da una imperiosa necesidad de acabar con el derroche y la malversación impune de los fondos públicos. Hay un principio del que daña paga y además debe responder con todas las medidas disciplinarias y penales. En la Institución benemérita, no se ciñe nada al sentido común ni a la exigencia de responsabilidades a la alta dirección, sea la directora o un general, todos están fuera del poder democrático como si fueran un estado dentro de otro estado.

Se debe evaluar y evaluar de modo serio y de manera continua, cualquier organización seria, lo haría. En la Guardia Civil simplemente viendo las estadísticas de los suicidios se puede ver que el sentido común falla, el régimen disciplinario es un disparaté y con las acciones judiciales y las sentencias en las manos, no hay la menor duda que hay responsables que deben pagar no sólo con sus ceses, sino, con sus responsabilidades judiciales. «Los que dañan debe pagar» y los que cometen desviación y abuso de poder deben responder, y responder en todos los órdenes. UnionGC. Candidatura

La UnionGc, nuevamente tuvo que recurrir a los tribunales, esperar años, para nuevamente conseguir una resolución judicial que en muchos casos podrían ser de imposible cumplimiento, este desprecio el estado de derecho y la creencia de la inexistencia de los principios de igualdad y de contradicción, nos lleva claramente al despotismo y en este caso no ilustrado. Basta Ya, de indecentes y de indecentas. Justicia para todo el colectivo de Guardias Civiles.

Sentencia íntegra del departamento jurídico de la UnionGC

EL Tribunal de Justicia de Madrid da la razón a un Guardia Civil que solicitaba la nulidad de la Resolución de la Directora General de la Guardia civil de 24 de agosto de 2020 por la que se convocaban las plazas y pruebas selectivas para el ingreso por el sistema de promoción profesional en la modalidad de promoción profesional pero sin cambio de escala y de forma indirecta la anulación del Real Decreto 691/2020 de 21 de julio por la que se aprobaba la oferta de empleo público de la Guardia Civil.

Los servicios jurídicos de UniónGC han conseguido que el Tribunal Superior de Justicia  de Madrid, Sección 6ª, en el marco del procedimiento ordinario 541/2020 (Sentencia núm. 566 de 2021 de 30 de septiembre de 2021), haya estimado la solicitud de un asociado a la UnionGC, que instaba la anulación de la citada resolución de la Directora General y de manera indirecta, a su vez, la anulación del Real Decreto en virtud del cual se dictaba la resolución recurrida.

El Tribunal apreció la tesis sostenida por el despacho encargado de la defensa jurídica del asociado, LEXAURIA Abogados, en cuanto argumentaba que la resolución recurrida, junto con el RD 131/2018 de 16 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación de la enseñanza de la Guardia Civil y el RD 691/2020 de 21 de julio por el que se aprobaba la oferta de empleo público del Cuerpo de la Guardia Civil, contravenían de manera flagrante la Ley 29/2014 de 28 de noviembre, de Régimen del Personal de la Guardia Civil por lo que, tanto la citada resolución, como los Reales Decretos descritos, debían declararse nulos de pleno derecho.

Dicha contradicción venía dada por el hecho de que la Administración no había convocado, en su resolución de convocatoria, ninguna plaza para el acceso restringido por promoción interna por cambio de escala incumpliendo con ello el mandato imperativo de dicha reserva.

Así, el Tribunal falla que debe estimar, y estima, parcialmente el citado recurso núm. 541/2020 contra la Resolución de 24 de agosto de 2020 de la Directora General de la Guardia Civil por la que se convocaban las plazas y pruebas selectivas para el ingreso por el sistema de promoción profesional en la modalidad de promoción profesional pero sin cambio de escala,  revocándose dicha resolución y la oferta de empleo público del Real Decreto 694/2020 de 21 de julio por el que se aprobaba la oferta de empleo público del Cuerpo de la Guardia Civil, pues al menos se debía de convocar una de las plazas para dicho acceso con proceso de promoción profesional por cambio de escala.

 

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