Revisión de los acuerdos anteriores

Aragón promueve de forma pionera y por ley la custodia compartida

Aragón contará, de forma pionera en España, con una ley de relaciones familiares que establece la custodia compartida como norma de general aplicación en el caso de ruptura de convivencia de los padres y en ausencia de pacto de relaciones familiares.

La Comisión Institucional de las Cortes de Aragón ha aprobado hoy el informe de la Ponencia sobre la proposición de ley de igualdad en las relaciones familiares ante la ruptura de convivencia de los padres, que ha sido tramitada a instancias del Partido Aragonés y que ha salido adelante con un amplio acuerdo, al ser apoyada también por PSOE, PP y Chunta Aragonesista, aunque IU se opone a la misma.

La diputada que ha coordinado los trabajos de la ponencia, la aragonesista María Herrero, ha explicado antes de la votación en Comisión que con esta ley se va a conseguir «invertir la tendencia actual» que otorga de forma mayoritaria la custodia de los hijos a la mujer en el caso de separación o divorcio.

El dictamen se someterá a la votación del pleno de las Cortes el próximo jueves, después de haberse incorporado, en su literalidad o de forma transaccionadas, 85 enmiendas de las 118 presentadas. La ley, se indica en su explicación de motivos, supone un «cambio» del «esquema tradicional» al configurar la custodia compartida frente a la individual como norma preferente en ausencia de acuerdo, cambio con el que se pretende «favorecer el mejor interés de los hijos y promover la igualdad entre los progenitores».

La custodia compartida, se añade, se fundamenta en la conjugación de dos derechos básicos: el de los hijos a mantener una relación equilibrada y continuada con ambos padres y el de los padres de crianza y educación de los hijos en ejercicio de la autoridad familiar.

La nueva ley tiene en cuenta los cambios de una «sociedad avanzada», que «promueve la igualdad de ambos sexos en todos los sectores y en la que el desarrollo profesional de la mujer y el deseo de los hombres de una mayor implicación en el ámbito familiar imponen una cambio en el esquema tradicional de atribuir la custodia en exclusiva a la madre».

La principal medida que adopta la ley es considerar la custodia compartida como el régimen de custodia que el juez adoptará de forma preferente a falta de pacto. La custodia compartida, tal y como se configura en la ley, no implica necesariamente una alternancia de la residencia de los hijos con sus progenitores en periodos iguales, pero sí en un tiempo adecuado para el cumplimiento de la finalidad de la custodia compartida.

Se regulan las reglas que regirán la atribución del uso de la vivienda familiar y en el caso de custodia compartida se establece que éste se atribuirá al progenitor más necesitado.

Revisión de los acuerdos anteriores

La ley admite la posibilidad de que el juez acuerde la venta de la vivienda familiar cuando ello fuera necesario para unas adecuadas relaciones familiares. Ante todo, ha dicho María Herrero, «se prima el pacto», pero si los progenitores no son capaces de llegar a él, se facilita un servicio de mediación, al que se puede recurrir antes de abrir el procedimiento judicial o incluso si así lo determina el juez.

En este sentido, en la ley se incluye una disposición para mandatar al Gobierno a que remita a las cortes en tres meses un Proyecto de Ley de Mediación Familiar.

Además, se incluye una cláusula para que durante un año todas las parejas separadas o divorciadas con anterioridad puedan solicitar la revisión de su acuerdo de divorcio para adecuarlo a la nueva legislación.

El portavoz de IU, Adolfo Barrena, se ha mostrado «totalmente a favor» de la custodia compartida, pero no de esta forma, y ha recordado que sólo una de cada cuatro rupturas deben de resolverse con la decisión de juez, ya que las otras tres son con acuerdo de los progenitores acerca del régimen de custodia y visitas.

Por eso estima que lo «fundamental» es establecer «medios y cauces» para llegar a acuerdos cuando éstos no existen de forma previa, y en este sentido ha considerado «mucho más urgente» la Ley de Mediación que ésta de custodia compartida.

El texto de la ley, ha dicho, es profundamente «injusto» porque trata de la misma forma dos realidades, la de los hombres y la de las mujeres, que aún no están equiparadas, y en esta línea decretar que la custodia compartida es la preferente no garantiza «en absoluto» la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, además de que IU tiene «serias dudas» con algunos preceptos, como que el juez pueda ordenar la venta de la vivienda familiar.

 

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