Estatuto Cataluña. El Constitucional anula 14 artículos e interpreta otros 27

La sentencia del Tribunal Constitucional anula 14 artículos del Estatuto de Cataluña, interpreta otros 27 y avala el resto de los 245 artículos y disposiciones con los que cuenta el texto catalán, según recoge el fallo dictado este lunes.

Con esta resolución, el Alto Tribunal ha declarado inconstitucional casi el 6 por ciento del Estatuto de Cataluña. Los magistrados han «tocado» finalmente el 17 por ciento del texto estatutario, si le sumamos los artículos interpretados.

Desde el punto de vista del recurso del PP, el Constitucional ha estimado el 33 por ciento de su recurso, ya que los populares recurrieron 126 artículos.

De las 14 inconstitucionalidades, cuatro son preceptos enteros que son anulados. Las otras diez inconstitucionalidades anulan frases concretas de distintos apartados. Las inconstitucionalidades han sido adoptadas con el voto de ocho magistrados a favor y dos en contra, mientras que las interpretaciones han contado con seis votos a favor y cuatro en contra.

UNIDAD DE LA NACIÓN

A esto hay que sumar que el Constitucional ha decidido avalar el preámbulo del Estatuto de Cataluña pero con dos importantes matices: la sentencia señala que este precepto carece de eficacia jurídica y recuerda �la indisoluble unidad de la nación española� consagrada en la Constitución.

Fuentes del Constitucional señalaron, además, que esta decisión sobre el preámbulo ha sido adoptada con seis votos a favor, los de los magistrados conservadores Javier Delgado, Vicente Conde, Jorge Rodríguez Zapata, Ramón Rodríguez Arribas y el vicepresidente, Guillermo Jiménez, un bloque al que se ha sumado el progresista Manuel Aragón.

Los cuatro magistrados que han votado en contra de esta decisión han sido la presidenta, María Emilia Casas, y los progresistas Elisa Pérez Vera, Eugeni Gay y Pascual Sala.

El preámbulo, en su punto A, indica que «el autogobierno de Cataluña se fundamenta en la Constitución así como en los derechos del pueblo catalán que, en el marco de aquélla, da origen en este Estatut al reconocimiento de una posición singular de la Generalitat».

En su apartado B, señala que «el Parlamento de Cataluña recogiendo el sentimiento y la voluntad de la ciudadanía de Cataluña, ha definido de forma ampliamente mayoritaria a Cataluña como nación. La Constitución Española, en su artículo segundo, reconoce la realidad nacional de Cataluña como nacionalidad».

CONTRIBUYE CON PERIODISTA DIGITAL

QUEREMOS SEGUIR SIENDO UN MEDIO DE COMUNICACIÓN LIBRE

Buscamos personas comprometidas que nos apoyen

COLABORA

Lo más leído