C. Valenciana. El Consell aprueba un decreto para adecuar la terminología oficial referida a las personas con discapacidad

El Consell valenciano ha aprobado un decreto con la finalidad de establecer, con carácter general, una adecuación terminológica de las disposiciones de la Generalitat de ámbito reglamentario que aún recogen, aunque sea con carácter residual, el término «minusvalía», «minusválido», o «persona con minusvalía», fundamentalmente las que se refieren a la valoración del grado de discapacidad.

En este sentido, en las normas reglamentarias de la Generalitat todas las referencias al término «minusvalía» se sustituyen por el de «discapacidad», y las referencias a los términos «minusválido» o «minusválida» se sustituyen por el de «persona con discapacidad».

Asimismo, las resoluciones, actos administrativos y demás documentación de las adminisitraciones públicas en el ámbito de la Comunitat Valenciana, emplearán los términos «discapacidad» o «persona con discapacidad».

Esto supone, en concordancia con lo establecido en el artículo 49 de la Constitución, una «necesaria adecuación» a la evolución de los derechos reconocidos en el ámbito específico de las personas con discapacidad, motivada, entre otros factores, por su vinculación a otros derechos, fundamentalmente por su conexión con el principio de dignidad de la persona, señala el acuerdo adoptado estre viernes.

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