Castilla-La Mancha. Indemnización de 250.000 euros a una joven por deficiente asistencia médica en un embarazo de alto riesgo

El Juzgado Contencioso Administrativo número 2 de Toledo ha condenado al Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (Sescam) al pago de una indemnización de 250.000 euros por la deficiente asistencia médica prestada en el control de un embarazo de alto riesgo a B. M. C. en el Complejo Hospitalario de Ciudad Real.

Según informó este viernes la asociación el Defensor del Paciente, cuyos servicios jurídicos han tramitado la denuncia,

B. M. C. dio a luz el 30 de octubre de 2004, cuando tenía 18 años de edad, a un varón con una grave patología cardíaca como consecuencia de la deficiente asistencia sanitaria prestada durante el embarazo y parto en el citado complejo hospitalario.

A finales de octubre de 2005 los padres del recién nacido formularon reclamación previa de responsabilidad patrimonial ante el Sescam alegando que, pese a calificarse la gestación como de alto riesgo y haberse derivado a la joven al Servicio de Tocología de alto riesgo del citado complejo, no se le realizó la prueba denominada «Screaning» del primer trimestre del embarazo, una prueba pautada por la Sego (Sociedad Española de Ginecología y Obstetricia) para descartar cromosomopatías, informa la citada asociación.

De esta manera, según las mismas fuentes, se perdió la oportunidad de realizar un diagnóstico temprano de la patología que padecía el feto. Además, según los denunciantes, no se efectuó tampoco la ecografía de la semana 20, también recomendada por la Sego.

El niño nació con una grave patología cardíaca que no le diagnosticaron hasta 48 horas después del nacimiento, una vez trasladado al Hospital 12 de Octubre de Madrid, dado que la pediatra que asistió el parto en el centro de Ciudad Real indicó que el niño se encontraba en perfecto estado.

Tras realizarle una ecocardiografía en Madrid, se le diagnosticó que padecía una grave patología cardíaca. El niño fue sometido a cuatro intervenciones quirúrgicas y se le ha dado un grado de minusvalía del 81,5%, según el Defensor del Paciente.

La sentencia, según esta asociación, reconoce la pérdida de oportunidad de decidir de la madre ante el conocimiento de la malformación a tiempo de interrumpir su embarazo legalmente, y fija una indemnización por esta causa, dada la edad, la situación económica y el hecho de que los recurrentes no son matrimonio ni pareja y dependen económicamente de sus padres.

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Autor

Sergio Espí

Sergio Espí, guionista y crítico de televisión de Periodista Digital, responsable de la sección 3segundos.

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