Los emigrantes podrán solicitar el voto por fax y reunir las peticiones de toda la familia en el mismo sobre

Los emigrantes españoles que quieran votar en las elecciones generales del próximo 20 de noviembre podrán cursar por fax sus peticiones de voto por correo y, además, los miembros de una misma familia podrán aprovechar el mismo sobre para solicitar esta forma de voto por envío postal.

Así lo ha establecido la Junta Electoral Central (JEC) en un acuerdo recogido por Europa Press con el que da respuesta a una consulta cursada por la Oficina del Censo Electoral en relación con el voto de los inscritos en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA).

Desde la última modificación de la Ley Electoral, los emigrantes que quieran ejercer su derecho a voto tendrán que solicitarlo expresamente, lo que se conoce como voto rogado. La JEC considera que, en la medida en que se trata de una condición previa al ejercicio del derecho del sufragio, «se hace precisa una interpretación no restrictiva de las condiciones de la solicitud».

Por eso da vía libre a la petición del voto por fax, argumentando que la ley «no lo imposibilita» y que en determinados territorios los servicios postales encuentran «dificultades». Además, pide que consideren válidas «las solicitudes que hayan sido recibidas por correo postal en un mismo sobre siempre que se trate de «la agrupación de la solicitud de voto de colectivos familiares o similares» y no existan «indicios de una gestión colectiva del voto por terceros».

Por contra, el organismo arbitral remarca que la solicitud del voto no podrá pedirse fuera de plazo y que la Oficina del Censo debe hacer una interpretación favorable al ejercicio del derecho de sufragio.

NO A LAS INAUGURACIONES EN EL EXTRANJERO

La Junta Electoral Central ha aclarado, ante las dudas planteadas por el PP, que la prohibición de actos de inauguración y de propaganda institucional en periodo electoral es aplicable también fuera del territorio nacional. No obstante, el organismo arbitral ha archivado una denuncia de los ‘populares’ contra la entrega de medallas a personalidades españolas residentes en el exterior en la precampaña.

Tras consultar las alegaciones de la Secretaría de Estado de Emigración, la JEC ha decidido desoír la solicitud de los ‘populares’ en la medida en que «no se ha acreditado» que estos actos tengan «un contenido prohibido según lo dispuesto en el artículo 50 de la LOREG».

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