Los cuatro delitos por los que ha sido citado el presidente de la Generalitat en funciones tienen en común que acarrean la inhabilitación en caso de ser condenado
El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha citado a declarar como imputados al presidente de la Generalitat, Artur Mas, a la exvicepresidenta del Govern Joana Ortega y a la consellera de Enseñanza, Irene Rigau, por la consulta sobre la independencia del 9 de noviembre.
En una providencia recogida por Europa Press, la Sala Civil y Penal del TSJC llama para interrogar a Mas a las 10 horas del jueves 15 de octubre y dos días antes, el martes 13 de octubre, a Ortega y Rigau.
El TSJC también ha llamado a declarar el lunes 19 de octubre a cinco testigos que había solicitado la Fiscalía, entre ellos, al responsable técnico informático que asumió la coordinación y dirección de los servicios prestados por el Centro de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información (CTTI).
La citación de Mas ha llegado después de que a finales de 2014 el tribunal admitiera varias querellas por el 9N, entre ellas la de la Fiscalía por supuestamente haber desobedecido al Tribunal Constitucional (TC) al organizar la consulta sobre la independencia.
Les acusaba concretamente de haberse «negado abiertamente a dar el debido cumplimiento a una resolución emanada del máximo intérprete de la Constitución», al organizar este proceso participativo pese a la suspensión decretada por el TC.
En su escrito, la Fiscalía consideró que los ahora imputados sabían que la consulta prevista inicialmente -primero- y el proceso participativo -después- habían sido suspendidos, y aludió a estas declaraciones de Mas:
«Si la Fiscalía quiere conocer quién es el responsable de abrir los colegios que me miren a mí, el responsable soy yo y mi gobierno».
«¿POR QUÉ ESTÁ IMPUTADO ARTUR MAS Y DE QUÉ SE LE ACUSA»
La citación de Artur Mas como imputado se produce como consecuencia de la querella que ha interpuesto la Fiscalía General del Estado por la supuesta comisión de delitos de desobediencia grave, prevaricación, malversación y usurpación de funciones en el proceso participativo del 9-N. La querella también se dirigió contra la vicepresidenta catalana Joana Ortega y la consellera de Educación, Irene Rigau, también por los mismos delitos.
El aspecto común de las condenas para los cuatro delitos por los que tendrá que responder, y que a continuación se detallan, es que conllevan penas de inhabilitación:
- El delito de desobediencia: Conlleva una pena de multa de tres a doce meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de seis meses a dos años.
- Obstrucción a la justicia o usurpación de funciones está castigada con las penas de prisión de seis meses a un año, multa de tres a ocho meses y suspensión de empleo o cargo público por tiempo de uno a tres años.
- Prevaricación administrativa está penada con la inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de siete a diez años.
- Malversación, la pena de multa es de seis a doce meses, y suspensión de empleo o cargo público por tiempo de seis meses a tres años. El Código Penal especifica, además, que si el culpable no reintegra el importe de lo distraído dentro de los diez días siguientes al de la incoación del proceso, se le impondrán penas de tres a seis años e inhabilitación absoluta por tiempo de seis a diez años.