LA NUEVA PAYASADA DE LA ALCALDESA DE BARCELONA

Ada Colau se ríe del Tribunal Supremo y coloca un ridículo retrato del rey Felipe VI en el salón de plenos

La primera edil podemita remató su ataque contra la monarquía luciendo una mascarilla republicana

Le da igual 8 que 80.

La alcaldesa de Barcelona, la podemita y antisistema Ada Colau, ha vuelto a hacer de las suyas al pasarse por el forro de sus caprichos la resolución de la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo.

La Justicia le obligó a primeros de julio de 2021 a reponer el retrato del Rey Felipe VI que colgaba del salón de plenos del Ayuntamiento de la Ciudad Condal.

La primera edil podemita retrasó todo lo posible el cumplimiento de lo mandatado por el órgano judicial y cuando lo ha hecho, evidentemente, ha sido para reírse y desafiar al Alto Tribunal.

Colau ha buscado el retrato más pequeño que hubiese de Su Majestad, solo le faltó recurrir a una foto carnet, para colocarlo en una enorme pared.

Prácticamente es imposible distinguir a primera vista de quién se trata, aunque, para disgusto de la alcaldesa, fue la imagen más fotografiada y filmada por los medios gráficos durante la celebración de la sesión plenaria del 23 de julio de 2021.

Para rematar su ‘travesura’, Colau se presentó en el salón de plenos ataviada con una mascarilla republicana.

Obviamente, la alcaldesa echó mano del recurso al pataleo después de tener que comerse doblada la decisión del Supremo.

Y es que aún le cuesta digerir que la Justicia le haya recordado que la presencia de la imagen del monarca es obligatoria.

El Supremo, a principio de julio de 2021, desestimó el recurso presentado por el Ayuntamiento de Barcelona contra el fallo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña que declaró nulo el artículo del Reglamento Orgánico Municipal de Barcelona aprobado por el Pleno de la Corporación, y que había sido impugnado por la Abogacía del Estado.

Ada Colau, aun a sabiendas de que ese reglamento estaba anulado, se escudó en el mismo para quitar la imagen de Felipe VI.

Es importante recordar que el reglamento, antes de considerarse nulo, permitía la retirada del cuadro, pero según planteó la Abogacía del Estado en su recurso, al permitirlo, el ayuntamiento liderado por Ada Colau infringía la obligatoriedad de la presencia en el Salón de Sesiones o de Plenos de la efigie del Rey que dispone el Artículo 85.2 del Reglamento de Organización y Funcionamiento (ROF) de las Entidades Locales.

La Sala del Alto Tribunal resolvió que el citado artículo 85.2 tiene carácter de norma básica, «que atañe a símbolos del Estado en cuanto que se ordena que, en todos los municipios, en lugar preferente y en el lugar en que se reúne su máximo órgano -el Pleno-, esté presente el símbolo de la forma política del Estado español, haciéndose visible que el poder local se ejerce en coherencia con esa forma política».

Y es más. La Sala de Lo Contencioso añade que «no se debe olvidar que los municipios, según el Artículo 137 de la Constitución Española, son elementos de la organización territorial del Estado. Su autonomía, garantizada por ese y otros preceptos constitucionales, encuentra su sentido en el seno de esa organización».

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Autor

Juan Velarde

Delegado de la filial de Periodista Digital en el Archipiélago, Canarias8. Actualmente es redactor en Madrid en Periodista Digital.

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