Reforma de la Ley de Enjuiciamiento Tribunal

El Gobierno quiere imponer una ‘ley mordaza’ en los procesos judiciales

También desaparece el juez de instrucción

El Gobierno quiere imponer una 'ley mordaza' en los procesos judiciales
Captura del ministro de justicia, Francisco Caamaño, en RNE

El Consejo de Ministros estudia este viernes 22 de julio de 2011 la reforma del la Ley de Enjuiciamiento Criminal propuesta por el ministro de Justicia, Francisco Caamaño. Además de traspasar la investigación de los jueces de investigación a los fiscales, contiene un punto que restringe la libertad de información sobre las investigaciones judiciales.

Con la excusa de terminar con la denominada «pena del telediario», el Gobierno quiere prohibir que se proporcione la imagen y la identidad de los detenidos durante el proceso de investigación. Además, quiere dotar al fiscal de la autoridad de autorizar o no que se proporcione el resto de la información del caso a los medios de comunicación.

Si la reforma se aplicara en estos momentos, los medios no podrían haber informado a los ciudadanos de que están siendo investigadas personas como los altos cargos policiales Víctor García Idalgo, Enrique Pamiés y José María Ballesterios, todos ellos procesados por el caso Faisán. Tampoco podrían haberse hecho eco de la detención de altos cargos de la SGAE, como Teddy Bautista o José Rodríguez Neri ni de las detenciones de los presuntos implicados en la Trama Gürtel. Además, y al no haber sido puestos a disposición judicial, el fiscal hubiera tenido capacidad de decidir si se puede o no informar sobre las investigaciones a Francisco Camps por los trajes o a José Bono por el incremento de su patrimonio.

ADIÓS AL JUEZ DE INSTRUCCIÓN

La ‘mordaza’ informativa sobre las investigaciones es sólo uno de los puntos que contempla la reforma que quiere sacar adelante el Gobierno de Zapatero, en el que puede ser uno de sus últimos cambios legislativos. Hay otros puntos destacados.

Desaparece la figura del imputado, que pasa a denominarse investigado.

Tras un siglo de funcionamiento, desaparecerá la figura del juez de instrucción. Con el argumento de adoptar un modelo parecido al anglosajón, la dirección de la investigación pasará de estos togados a la Fiscalía. En España los fiscales no tienen la independencia que la ley otorga a los jueces, sino que deben obediencia a sus superiores. Su máxima autoridad es el Fiscal General del Estado. Se incorpora además la figura del juez de control y de otro de audiencia preliminar, que examinará la validez del material probatorio y decidirá si se debe formular acusación contra el investigado.

El investigado podrá entrevistarse con su abogado antes y después de declarar ante la Policía, se regula su derecho a intérprete y a conocer todos los cargos y el expediente íntegro de la causa abierta contra él.

Se restringe el uso de la prisión incomunicada. Sólo se decretará para determinados delitos, como el homicidio, la detención ilegal o secuestro, o en los casos en los que exista riesgo de ocultación o destrucción de pruebas fundamentales para la investigación.

LIMITACIONES A LA ACUSACIÓN PARTICULAR

Se imponen límites «objetivos» y «subjetivos» a la acusación popular. Los primeros implican que esta no podrá actuar por sí sola cuando el fiscal y las presuntas víctimas del delito pidan el archivo del caso, aunque se tendrá en cuenta la relevancia pública del mismo. Los límites «subjetivos» supondrán que no podrán ejercer la acusación particular los partidos políticos, sindicatos ni las Administraciones Públicas.

Limitación temporal de la instrucción, para evitar las denominadas «penas de banquillo». La investigación no podrá durar más de un año, excepto para casos de terrorismo y crimen organizado en los que podrá ampliarse.

Otros aspectos que se regulan son la interceptación de las comunicaciones, la entrada y registro en domicilio, la exploración física y corporal, la protección de datos y la figura del agente encubierto en Internet para reforzar, entre otros, la lucha contra delitos de pornografía infantil.

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Autor

Antonio Chinchetru

Licenciado en Periodismo y tiene la acreditación de suficiencia investigadora (actual DEA) en Sociología y Opinión Pública

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