La socialista tuvo un ‘ataque de amnesia’ y olvidó los choques del PSOE y el Constitucional

Una torpe Pilar Alegría deja al PSOE a la altura del betún por su fallido ataque el PP

La ministra portavoz utiliza la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros para atacar a la oposición, pero sin darse cuenta de que lanzó piedras contra su propio tejado

Una torpe Pilar Alegría acabó tirando piedras sobre su propio tejado.

En la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, la ministra portavoz atacó al PP por la renovación del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), sin darse cuenta de que acabó metiendo en un jardín al Partido Socialista.

En concreto, Alegría intentó desacreditar al PP asegurando: “¿Qué mensaje se le lanza a la ciudadanía de este país cuando un partido político no cumple con la Constitución”. Unas palabras mayores de la portavoz del Gobierno cuando el Tribunal Constitucional tildó de inconstitucionales hasta tres leyes impulsadas por el Gobierno de Pedro Sánchez.

Sin embargo, desde el PSOE se está buscando tapar los hechos con falsedades. No solo por el fallido intento de Alegría de ‘echar balones fuera’, sino porque el propio presidente del Gobierno mintió en su entrevista en el programa ‘La Hora de la 1’ del 30 de noviembre al asegurar: “Solamente he tenido una sentencia del Tribunal Constitucional desfavorable a las leyes que hemos aprobado y yo no la compartí, no la critiqué, la acaté, que fue el estado de alarma”.

Un gran bulo, ya que la sentencia del Tribunal Constitucional sobre el estado de alarma a la que se refiere Sánchez no es la única desfavorable a leyes de su anterior Gobierno. Existen otras dos sentencias del órgano judicial en contra de partes de reales decretos ley del Ejecutivo: una por la decisión de asignar la presidencia de RTVE a Rosa María Mateo y otra por incluir a Pablo Iglesias en el Centro Nacional de Inteligencia (CNI), cuando todavía era vicepresidente.

El Real Decreto-ley 4/2018, de 22 de junio, que incluía la designación del Consejo de Administración de la Corporación RTVE y su presidente. Esto hizo que Rosa María Mateo se mantuviera en el cargo de presidenta de RTVE, aunque debería de haberse asignado por concurso público. El Tribunal Constitucional aseguró que varias disposiciones de esta ley del Gobierno eran inconstitucionales al no encontrar motivos de “urgente necesidad” que justificasen el uso de un Real Decreto-ley. Este fallo llegó a finales de julio de 2021, tres años después y cuando Mateo ya había abandonado el puesto en marzo de 2021.

Pilar Alegría

Pilar Alegría

Además de la anterior ley que Sánchez omite, el Tribunal Constitucional también declaró inconstitucional la disposición final segunda del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19. En ella se modificaba la ley reguladora del Centro Nacional de Inteligencia (CNI), lo que permitía que la Comisión estuviera presidida por el vicepresidente del Gobierno que eligiera Sánchez.

En ese momento, la oposición aseguró que era para que Pablo Iglesias, vicepresidente segundo del Gobierno, pudiera participar en el CNI. No obstante, el fallo del órgano judicial llegó después de que Pablo Iglesias hubiera dejado su puesto de vicepresidente del Gobierno para presentarse a las elecciones autonómicas de Madrid del 4 de mayo de 2021. De hecho, esa misma noche, el exlíder de Podemos dejó la política.

Como si fuera poco, en octubre de 2021 el Constitucional valoró de ilegal el cierre del Congreso de los Diputados por parte del PSOE-Unidas Podemos. «La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Antonio Narváez, considera que la declaración del estado de alarma, como la de cualquiera de los otros dos estados [excepción y sitio], no puede en ningún caso interrumpir el funcionamiento de ninguno de los poderes constitucionales del Estado y, de modo particular, el Congreso de los Diputados«, dijo la Justicia.

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