Condenado por acusar falsamente a una jueza de prevaricación y afirmar que era discriminado por ser homosexual

El juzgado de primera instancia e instrucción número cuatro de Linares (Jaén) ha condenado a un hombre que acusó a una jueza de prevaricar y que ofreció entrevistas en las que afirmaba que esa profesional solo concedía órdenes de protección a parejas de hombres y mujeres, por lo que aseguraba sentirse discriminado por ser homosexual.

La sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, recoge como probado que M.C.C.C., de 46 años de edad, acudió en enero del pasado año a la Comisaría de la Policía Nacional de Linares para interponer una denuncia contra una jueza de esta localidad acusándola de un supuesto delito de prevaricación, «siendo la misma manifiestamente falsa». De hecho, se incoaron unas diligencias que concluyeron en un auto de archivo en el mes siguiente.

A esto se une que, poco después de interponer la denuncia, medios provinciales publicaron entrevistas con el procesado en las que, «con conocimiento de su falsedad y con la firme intención de desprestigiar a la jueza», la acusó de denegarle una orden de protección «porque solo las concedía a parejas compuestas por hombres y mujeres» y que se sentía discriminado por su condición de homosexual.

Así las cosas, el pasado mes de abril el acusado prestó declaración ante el juzgado de Instrucción número cuatro de Linares por estos hechos y reconoció su falsedad a la vez que mostraba su arrepentimiento. El fallo judicial especifica igualmente que cuando todo esto sucedió el procesado padecía un trastorno de la personalidad bipolar y límite que afectaba de forma leve a sus capacidades intelectivas y volitivas.

Por todo ello, M.C.C.C. fue condenado como autor responsable de un delito de denuncia falsa y otro de calumnias contra autoridad pública en el ejercicio de su cargo con publicidad y se le impuso por el primero una pena de cuatro meses de prisión más una multa de 480 euros y por el segundo delito se le condenó a dos meses de prisión. Además, se determina que «sufragará la publicación de la sentencia en un medio informativo similar al utilizado para divulgar la calumnia», tal y como adelantó hoy Diario Jaén.

El juzgado acuerda, no obstante, la suspensión de la ejecución de la pena impuesta condicionada a que no delinca en un plazo de dos años y a la sumisión a tratamiento de acuerdo con su enfermedad mental así como a la prohibición de aproximarse y comunicarse con la jueza durante 40 meses.

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