Audiencia de Castellón reduce de 80 a 8 años la pena de cárcel para un hombre acusado de abusos sexuales a dos menores

La sección primera de la Audiencia Provincial de Castellón ha condenado a un hombre a una pena de ocho años y medio de prisión frente a los 80 que solicitaba inicialmente el ministerio fiscal por abusos sexules a dos menores, de 6 y 12 años, amigas de su hija, también menor. Además, el tribunal ha absuelto a la mujer del acusado, para la que la Fiscalía reclamaba 39 años de prisión por complicidad.

De esta manera, la Audiencia ha condenado al hombre por dos delitos continuados de abusos sexuales inconsentidos sin penetración; un delito continuado de exhibicionismo y provocación sexual; y dos delitos continuados de amenazas; sin embargo, lo absuelve del delito de violación, del delito de violación continuada, del delito de inducción a la prostitución de menores, de delitos continuados de prostitución de menores, y de delitos continuados de corrupción de menores.

El tribunal, para adoptar esta decisión, no ha dado credibilidad a todas las versiones ofrecidas por las menores, puesto que en un principio hablaron –ante el juez– de tocamientos sin violencia y de amenazas, y a los siete meses extendieron su versión a hechos sexuales de componente violento, de grabaciones pornográficas, traslados a clubs de alterne para ofrecimiento de servicios sexuales a terceros, bailes de disfraces eróticos y otras conductas aberrantes.

Estas versiones también fueron estimadas por los peritos psicólogos o psiquiatras como «ciertas, creíbles, auténticas y congruentes» con el perfil de las víctimas de los abusos. Sin embargo, los informes ginecológicos hablaban de una citología vaginal «normal».

Por todo, la Audiencia de Castellón estima que los testimonios de las menores sobre estas últimas prácticas sexuales «no sólo están huérfanas de corroboración objetiva, sino que algunas de las pruebas practicadas contradicen su relato».

Considera que el testimonio de las menores víctimas, así como los testimonios de referencia de sus madres y los informes periciales piscológicos y psiquiátricos «dejan amplios espacios abiertos a la duda» y, por ello, «queda lejos del exigible grado de certeza imprescindible para declarar a una persona autora de unos hechos sumamente reprobables».

El tribunal insiste en que «únicamente» los «protagonistas» del episodio –las menores y el acusado– son poseedores de la verdad de los sucedido, pero «la prueba practicada no excluye la duda razonable de que los hechos no se hayan producido o de hayan tenido lugar de manera muy distinta a cómo se relatan». Por ello, entiende que «debe prevalecer el valor del derecho constitucional a la presunción de inocencia».

RELATO DE HECHOS

Los abusos –reconocidos por el hombre en la celebración del juicio– tuvieron lugar entre los meses de octubre del año 2001 y junio de 2003, en la vivienda del acusado –ubicada en el municipio castellonense de Vall d’Uixó–, quien vivía junto a su mujer y a su hija de menor de edad.

Las menores víctimas –de 6 y 12 años– acudían por las tardes a casa del acusado tras salir del colegio, hasta la hora de cenar, aunque también algún fin de semana, para jugar en la cochera con su hija, en otras dependencias de la casa, y ver películas en el salón.

El hombre aprovechaba estas visitas para abusar sexualmente de las menores, con tocamientos, y a una de ellas incluso le llegó a remitir en torno a 80 cartas con poesías y versos de amor, en las que hacía mención al amor entre un hombre adulto de 30 años y una niña de 12 años. A veces le ofrecía dinero –entre 25 y 100 euros– para satisfacer sus apetencias, o le ofrecía la posibilidad de llamar por teléfono.

Además, con ánimo de causar temor a las menores, amenazó directamente de muerte a las menores y les sugirió que les podía pasar algo a sus familiares si contaban lo sucedido. Entre los días 20 y 24 de octubre de 2003 también se presentó en su colegio y le dijo a una de las menores que si hablaban, les iba a cortar el cuello.

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