La Audiencia Nacional condena a entre 5 y 7 años de cárcel a cuatro acusados de ayudar a huir a dos etarras en 2008

La Sección Cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha condenado a penas de entre cinco y siete años de cárcel a cuatro acusados de cobijar y ayudar a huir a dos presuntos etarras en 2008, mientras que ha absuelto a una quinta procesada dado que la única prueba que existe en su contra es su declaración autoinculpatoria ante la Guardia Civil.

En concreto, el tribunal –compuesto por los magistrados Angela Murillo, Teresa Palacios y Juan Francisco Martel– ha condenado a la pena más alta, siete años de cárcel, a Amets Ladislao, dado el «papel preponderante» que desempeñó en los hechos enjuiciados, mientras que ha impuesto una condena de cinco años de prisión a María Mercedes Alocer, Ibai Egurrola y Javier Gutiérrez. Los cuatro son culpables de un delito de colaboración con organización terrorista.

En la sentencia, de la que ha sido ponente la juez Murillo, la Sala sustenta la condena en las declaraciones de los detenidos en las dependencias de la Guardia Civil, en las que reconocieron y contaron cómo se desarrolló la ayuda prestada a los dos presuntos etarras; datos objetivos que corroboran de manera externa estos relatos, y la declaración de los miembros del Instituto armado que participaron en el operativo.

Según el relato de hechos probados, a mediados de julio de 2008, Mercedes Alcocer pidió a Amets Ladislao que ocultara en su casa a Asier Borrero, miembro huido de ETA, ya que se encontraba «en situación de absoluto desamparo, en la calle». Ladislao accedió a la petición, aunque advirtió que debía consultárselo a su compañera de piso, María Isabel Prieto, que «no puso inconveniente alguno».

Así, Borrero pasó a ocultarse en la casa que compartían estas dos procesadas desde ese momento hasta el 15 de noviembre de 2008, cuando fue ayudado a cruzar la frontera con Francia por Alocer, Ladislao y un tercer procesado, Ibai Egurrola. En el trayecto, los tres mantuvieron «medidas de seguridad», tales como usar coches y teléfonos ajenos, con mensajes y llamadas en clave.

Un mes después, Ladislao vuelve a intervenir en el traslado de otro presunto miembro del ‘comando Vizcaya’, Aitor Artetxe, en este caso con ayuda de Egurrola y un cuarto acusado, Javier Gutiérrez, sin que en estos hechos intervinieran ni Mercedes Alcocer ni María Isabel Prieto.

El día 8 de diciembre, Ladislao, Egurrola y Gutiérrez emprendieron viaje a Francia con Aitor Artetxe en dos vehículos y dejaron al presunto etarra en un «preciso lugar» que había sido concertado con otros individuos. Como «contraseña identificativa», el presunto etarra «debería portar visiblemente una palmera de chocolate».

Sin embargo, en este segundo viaje los acusados estaban siendo vigilados por miembros de la Guardia Civil, que constataron como Artetxe se bajaba del vehículo que le condujo asta la localidad francesa de Bigorre y «portando en una de sus manos una palmera de chocolate, permaneció allí en actitud de espera».

De esta manera, las declaraciones de los cuatro condenados en sede policial se ven apoyada por las vigilancias de los agentes de la Guardia Civil, que testificaron en la vista oral, el pasado mes de mayo. También corroboran las manifestaciones de los procesados el contenido de los mensajes de texto que se cruzaron los días de los traslados desde teléfonos que, al igual que los vehículos, no les pertenecían.

Por lo que se refiere a la acusada que ha sido absuelta, María Isabel Prieto, la sentencia argumenta que su «única participación en los hechos» fue consentir el alojamiento en la vivienda que compartía con Amets Ladislao de Asier Borrero, a petición de su compañera, sin que conste que su compañera «le indicara algo respecto a las circunstancias del futuro huésped». La declaración autoinculpatoria que prestó ante la Guardia Civil no se ve confirmada por ningún otro indicio, ya que el resto de procesados tampoco le inculparon.

La sentencia dedica una parte importante de sus 64 folios a entrar en la cuestión de las torturas que los procesados alegaron haber sufrido por parte de miembros de la Guardia Civil y que relataron de manera detallada en el juicio.

Pues bien, el tribunal entiende que no hay «prueba alguna» que le autorice a establecer «la realidad de los comportamientos crueles, despiadados e inhumanos de los que los acusados, con rotundidad ante estos juzgadores, aseguraron haber sido víctimas» a manos de funcionarios de la Guardia Civil.

Tampoco tiene en cuenta las declaraciones de varios testigos de la defensa, que no lo ofrecen «credibilidad alguna», dado el «indudable afecto y gran confianza» que tienen respecto a las personas sobre las que testificaron.

CONTRIBUYE CON PERIODISTA DIGITAL

QUEREMOS SEGUIR SIENDO UN MEDIO DE COMUNICACIÓN LIBRE

Buscamos personas comprometidas que nos apoyen

COLABORA

Lo más leído