DyJ presenta recurso contra la autorización de la marcha

Dignidad y Justicia (DyJ) ha presentado esta tarde un recurso de apelación contra la decisión del juez de la Audiencia Nacional Fernando Andreu de autorizar la marcha que se celebrará el sábado en San Sebastián «en defensa de los derechos de Euskal Herria». Según DyJ, la manifestación debe ser prohibida porque «da cobertura a una organización vinculada a ETA», en referencia a Batasuna.

DyJ recuerda que Batasuna fue ilegalizada por su carácter terrorista, «siendo los mimos constitutivos de un delito humillación a las víctimas del terrorismo y sus familiares, previsto y penado en el artículo 578 CP, así como de un delito de desobediencia a las resoluciones judiciales por las que se anula la capacidad de actuación de dicha asociación y entidad convocantes».

Dicho escrito fue presentado a las 20.00 horas en el Juzgado de guardia para que se diera traslado urgente a la Sala de lo Penal. La Sala de Vacaciones, compuesta por Fernando García Nicolás, Elisa Veila y José Luis Gil, tendrá que resolver «obligatoriamente» el sábado ya que, si no fuera así, «se crearía indefensión a una parte», por lo que la organización presidida por Daniel Portero ejercitaría las medidas disciplinarias oportunas.

DyJ comienza su escrito explicando que está «de sobra probado» que el informe del Ministerio Fiscal, en contra de lo decidido por Andreu, señala la ilegalidad del promotor de la manifestación de acuerdo a los informes de la Policía Autónoma Vasca, la Policía Nacional y la Guardia Civil.

Asimismo, muestra su «desacuerdo» con el hecho de que el juez haya permitido la marcha de la izquierda abertzale considerando que es un acto amparado en el derecho de reunión. «La finalidad de dicha manifestación no es más que darle cobertura a una organización ilegal y vinculada a ETA, es decir, Batasuna, puesto que dichas manifestación no pretende más que vulnerar el propio artículo 21 de la Constitución Española», explican.

Para DyJ, la marcha es «ilícita» porque tiene en sí misma una «finalidad ilícita», en referencia a la «humillación de las víctimas del terrorismo o de sus familiares». También se refieren al delito de «desobediencia de las diferentes resoluciones judiciales que impiden las actuaciones de las asociaciones y entidades como las convocantes y difusoras, que están legalizadas o canceladas».

«Llama la atención», recoge el escrito, «la falta de notificación a esta parte por cuanto el auto recurrido es trasladado a todas las partes, incluso al convocante de la manifestación, pero no se hace a la representación legal de Daniel Portero, autor de la denuncia». Por esta razón, DyJ advierte de que «puede estar vulnerándose el derecho a la tutela judicial efectiva».

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