El Supremo admite la demanda de la Abogacía contra Sortu

La Sala del 61 del Tribunal Supremo ha admitido a trámite la demanda presentada por la Abogacía General del Estado contra Sortu. Esta decisión supone dejar en suspenso la decisión que debía adoptar el Ministerio del Interior sobre la inscripción de esta formación en el Registro, para lo que tenía un plazo de 20 días según la Ley de Partidos.

La Sala, integrada por un total de 16 magistrados del alto tribunal, quedó constituida el miércoles, y en su primera resolución sobre este asunto ha dado traslado a los promotores del nuevo partido para que puedan personarse en este procedimiento y realizar las alegaciones que consideren oportunas. Tendrán que nombrar abogado y procurador a tal efecto.

SE LO COMUNICA A BATASUNA

La Sala ha dado traslado de esta decisión tanto a la Fiscalía como a Batasuna, a la que considera parte del procedimiento del que la demanda presentada es incidente de ejecución, han explicado fuentes del alto tribunal. El ponente de este procedicimiento será el magistrado Carlos Lesmes.

La demanda se ha interpuesto empleando la vía del incidente de ejecución de sentencia, un procedimiento que también tiene previsto iniciar la Fiscalía para tratar de impedir que Sortu pueda registrarse en el Ministerio del Interior y concurrir a las próximas elecciones municipales y forales.

Entiende la abogacía que esta formación está siendo utilizada «tácticamente» por el complejo ETA-Batasuna para acudir a las próximas elecciones municipales y forales.

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