Las denuncias de agresiones a profesores las interpondrán los equipos directivos

Las denuncias por agresiones al profesorado que se puedan producir en el ámbito educativo serán cursadas a partir del próximo curso escolar por los equipos directivos de los centros sostenidos con fondos públicos y no por el propio docente agredido, toda vez que se apruebe definitivamente el nuevo decreto de convivencia y participación de las familias en el que actualmente trabaja la Consejería de Educación.

Con ello, la Administración educativa pretende garantizar que ningún caso de agresión o acoso a un profesor quede sin ser comunicado y trasladado a las autoridades competentes ya que, «aunque el profesor no quiera, si los hechos están probados, el director tendrá la obligación de denunciar la situación en nombre de la comunidad educativa», explican a Europa Press fuentes de este Departamento.

Esto no impedirá, sin embargo, que el profesor agredido pueda presentarse también como «acusación particular», para lo cual, además, Educación continuará brindando apoyo jurídico y psicológico, aunque con algunas novedades. Hasta ahora, el profesor agredido que lo solicitase podía ser defendido por los profesionales que le facilitase la propia Consejería. Sin embargo, ahora podrá pedir que la Administración le autorice acudir al juicio con un abogado elegido por él mismo.

En el caso de que necesitase atención psicológica, podrá ser asesorado por el Equipo Técnico Provincial de Orientación o, como novedad, por el psicólogo que el docente desee, pero siempre y cuando esté inscrito en uno de los dos Colegios Oficiales de Psicología de Andalucía, con quien la Administración educativa firmará un convenio de colaboración.

Para normalizar todos estos aspectos, la Consejería ha incluido en el proyecto de orden de convivencia y participación de las familias un «protocolo de actuación» que servirá de hoja de ruta a toda la comunidad educativa para saber cómo actuar de manera «eficaz» en estos casos. Se pretende así, por un lado, homogeneizar todas las actuaciones a este respecto, y por otro, «agilizar» tanto la imposición de las sanciones como los trámites procesales con la intención de «disuadir y desmotivar a posibles futuros agresores».

Este protocolo se aplicará a los docentes, al personal de Administración y Servicios (PAS) y a los profesores responsables de los servicios de atención educativa complementaria de los centros públicos. También al profesorado de los colegios e institutos privados concertados siempre y cuando todos ellos se encuentren en el ejercicio de sus funciones y con independencia de si el hecho se ha producido «en el interior del centro docente o fuera del mismo».

PAUTAS DE ACTUACION ANTE AGRESIONES

La ‘hoja de ruta’ sobre las agresiones se activará en el mismo momento en que cualquier miembro de la comunidad educativa tenga conocimiento de una situación de este tipo, ya que tendrá «la obligación de ponerlo en conocimiento de la dirección» del centro y ésta deberá notificar «inmediatamente» el hecho a la Inspección, que, en función de la gravedad del mismo, «se personará en el centro o, al menos, atenderá al profesional agredido vía telefónica». En el caso de las agresiones físicas, el profesor deberá acudir a un centro médico acompañado de algún miembro del equipo directivo y solicitará un informe o parte de lesiones.

Este parte, así como todas las pruebas que el docente agredido pueda recabar, serán claves para un posible juicio, por ello Educación recomienda a los docentes que procuren acudir a los tribunales con «pruebas suficientes para poder enervar» la presunción de inocencia que en materia penal rige para el supuesto agresor.

Con todo, Educación recuerda que los castigos que se pueden imponer a los agresores dependerán de la gravedad de los hechos y de la edad de los mimos. Así, si el agresor es un alumno menor de 14 años, éste quedará exento de responsabilidad penal y su «represión» quedará limitada a las sanciones previstas en los Reglamentos Orgánicos del centro en el que estudia y que, para los casos más graves, estipula como máximas medidas correctoras la expulsión durante un mes o el cambio de colegio. Por contra, de los 14 a los 18 años el alumno ya es responsable penalmente de sus actos y será juzgado por el Juez de Menores y, en el caso de que fuera mayor de edad, el enjuiciamiento ya correspondería al Juzgado de lo Penal o a la Audiencia Provincial.

TIENDAS

TODO DE TU TIENDA FAVORITA

Encuentra las mejores ofertas de tu tienda online favorita

CONTRIBUYE CON PERIODISTA DIGITAL

QUEREMOS SEGUIR SIENDO UN MEDIO DE COMUNICACIÓN LIBRE

Buscamos personas comprometidas que nos apoyen

COLABORA

Lo más leído