La Fiscalía Anticorrupción recurrirá el sobreseimiento de Bárcenas y Ricardo Galeote

La Fiscalía Anticorrupción recurrirá la decisión del juez que instruye el ‘caso Gürtel’, Antonio Pedreira, de acordar el archivo provisional de la causa respecto al extesorero nacional del PP Luis Bárcenas y el ex consejal del PP en Estepona Ricardo Galeote, ha confirmado a Europa Press el fiscal jefe de Anticorrupción, Antonio Salinas.

Según Salinas, los recursos se interpondrán al estar el Ministerio Fiscal en desacuerdo con los argumentos esgrimidos por el magistrado para exonerar a Bárcenas y Galeote al estimar que no existen suficientes indicios incriminatorios contra ellos.

En la resolución, Pedreira señala que no ha quedado acreditado que la anotación ‘Luis el Cabrón’ realizada por el cabecilla de la trama Francisco Correa, haga referencia a Bárcenas.

En el apunte Correa indicaba que este citado ‘Luis’ había percibido 72.000 euros y el juez apunta que cuando se produjo dicha anotación hacía más de tres años que no existía relación entre Bárcenas y Correa y sus empresas, «por lo que no tiene sentido» que el ex senador perciba 72.000 euros.

Agrega que existen «otras personas a las que sí podría referirse» esta expresión ya que «mantenían tensas relaciones con Correa en 2007», año en el que se realizó la anotación.

Recalca, además, que no cabe delito de cohecho, al no haberse acreditado que Bárcenas realizara «acción o actuación alguna que supusiera otra prebenda pública a Correa o empresas».

Respecto a las iniciales que aparecieron en la contabilidad ‘B’ de las empresas de Correa, reseña que tampoco ha quedado probado que las iniciales ‘L’ o ‘LB’ correspondan al ex tesorero nacional del Partido Popular. «Hay otras personas a las que también podría corresponder este acrónimo y que trabajan en la organización», dice el auto.

Bárcenas estaba acusado de la comisión de delitos contra la Administración Pública, contra la Hacienda Pública, de Blanqueo de Capitales y cohecho.

«NO TENIA COMPETENCIA»

Pedreira especifica en el auto que Bárcenas era gerente del PP, con «facultades limitadas y no tenía, en principio, competencia ni capacidad de vincular ni influir en personas que pudieran realizar las adjudicaciones o contratos públicos».

«Luis Bárcenas no tuvo firma en la cuenta del PP hasta que no fue elegido tesorero de dicha formación en junio de 2008, con posterioridad a los hechos que se investigan», asevera.

El magistrado recalca que el ex senador ha acreditado tanto ante el Tribunal Supremo (TS) como ante el TSJM el pago por su parte de los viajes contratados con la mercantil Pasadena Viajes y otras agencia del Grupo Correa, una cuestión de la que se le acusaba por parte de la Fiscalía Anticorrupción. «No existe prueba de que tales pagos hayan sido abonados por el propio Grupo Correa», asevera Pedreira.

PRESTAMOS PARA UNOS CUADROS

Asimismo, señala que en la operación de préstamo de 330.000 euros con el Banco Popular para la compra de unos cuadros «ni se ha demostrado que careciera de sentido ni se ha acreditado que fuera inveraz». Así, atribuye a los informes policiales «confusionismo y falta de relevancia».

De este modo, alude que la Agencia Tributaria presentó en febrero de 2010 ante el Supremo un informe en el que señalaba que «no existen elementos para creer que la operación no se produjera y por tanto no existen elementos para considerar irregular el referido préstamo».

En cuanto a la adjudicación de la Varienta de Olleros de Alba, en León, el magistrado señala que su implicación no procede, ya que no es competente para ello.

Otra de las acusaciones vertidas contra el exsenador se referían a un delito fiscal relativo al IRPF correspondiente a 2003, que ya habría prescrito. En este punto, el juez recalca que en los casos de prescripción «las dudas deben resolverse a favor del reo».

En el escrito, el juez señala en referencia al fraude tributario que la Agencia Tributaria dirige la mayor parte de la investigación contra la esposa de Bárcenas, Rosalía Iglesias Villar, y a través de ella contra Luis Bárcenas, cuando su esposa «no está imputada».

SIN INDICIOS SOLIDOS CONTRA RICARDO GALEOTE

Por otro lado, el sobreseimiento de la causa seguida contra Galeote se sustenta en que los indicios que pesaban contra él «no han alcanzado la solidez y contundencia incriminatoria». Por ello, entiende el juez que no se puede enervar su presunción de inocencia.

La acusación contra el exedil se basaba en que supuestamente el Ayuntamiento de Estepona compró a un precio menor del mercado a la empresa Special Events carpas, moquetas y cortinas cuyo destino era el Palacio de Exposiciones y Congresos.

En la causa también obran dos apuntes de facturas a nombre de Galeote y su novia de 6.000 y 30.400 euros, respectivamente, aunque su defensa argumentó que el primero se habría hecho a través de Caja Madrid, entidad en la que nunca ha tenido una cuenta, y el segundo respondía a un préstamo que se satisfizo en 2006.

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