La AN permite salir de España a dos condenadas por colaboración con ETA para peregrinar a Lourdes

Las dos primeras condenadas por pagar el llamado ‘impuesto revolucionario’ a ETA, las hermanas Blanca Rosa y María Isabel Bruño Azpiroz, han recibido un permiso especial de la Audiencia Nacional para abandonar unos días el territorio nacional. La razón de esta autorización es su deseo de peregrinar este mes al Santuario de la Virgen de Lourdes, al sur de Francia, según la resolución judicial a la que ha tenido acceso Europa Press.

Fueron condenadas a un año y tres meses de cárcel el pasado junio por un delito de colaboración con banda terrorista por pagar 6.000 euros a ETA pese a que la Fiscalía pidió una pena de cinco años para cada una. En la sentencia se les reconocía la «eximente incompleta de miedo insuperable» pese a que al mismo tiempo destacaba su implicación en formaciones ilegalizadas y admitía que actuaron con «cierto grado de beneplácito». Al no tener antecedentes penales y ser condenadas a menos de dos años evitaron entrar en prisión.

La decisión de permitir su salida de España ha sido adoptada por la Sección Segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional y ha contado con el visto bueno de la Fiscalía. Autoriza a ambas condenadas a «salir del territorio nacional durante los días 16 al 18 del presente mes de septiembre a Lourdes (Francia)». Además se les impone la obligación de comunicar su regreso el día 19.

En su solicitud las hermanas Bruño Azpiroz pedían permiso para acompañar en peregrinación a sus padres y otros familiares en un viaje que realizan «desde hace muchos años». Las hermanas Bruño Azpiroz tienen prohibido salir de España, pero en el escrito recuerdan que en los tres últimos años la Audiencia Nacional les autorizó a participar en esta peregrinación «sin que de ello se haya derivado ningún inconveniente ni contratiempo».

PROMOTORA DE AUKERA GUZTIAK Y CANDIDATA DE EH

Las hermanas respondieron recurriendo su condena ante el Tribunal Supremo alegando, entre otras cosas, que los argumentos esgrimidos por la Audiencia Nacional vulneraron su derecho a la libertad ideológica. Blanca Bruño firmó la constitución de Auskerahera Guztiak, una agrupación electoral surgida en 2005 que fue ilegalizada por el Tribunal Supremo por estar supeditada a ETA-Batasuna. Por su parte, su hermana Isabel fue candidata por la ya ilegalizada Euskal Herritarrok en las elecciones municipales de 1999.

El tribunal matizó que el hecho de militar en estas formaciones no significa un indicio de colaboración con ETA, pero añadía que «no cabe duda» de que «genera una mayor facilidad para contactar con personas próximas a ETA y gestionar mejor el pago de las cantidades solicitadas, así como colaborar con mayor facilidad con la misma». La propia carta incautada a ETA admitía esta cercanía: «considerando que conocen el camino y tienen posibilidades para contactar con la organización…».

En el estudio personal de las condenadas, la sentencia se refiere a que el padre de ambas tuvo que ser custodiado por las fuerzas de seguridad por negarse a pagar en su día el chantaje de la banda «lo cual, no cabe duda, que ha generado en las acusadas un estado de miedo y temor ante ETA». No obstante, los jueces lo ven «totalmente compatible con el hecho de que pudiera existir –en las acusadas– cualquier tipo de coincidencia ideológica o de fines políticos –con ETA–«.

Lourdes es una pequeña localidad situada en el Sur de Francia, al inicio de los Pirineos, que recibe miles de visitas al año debido a que en ese lugar se produjo en 1858 una de las apariciones marianas más conocidas. La resolución de la Audiencia Nacional ha sido comunicada a la Dirección General de la Policía «para su conocimiento a los efectos oportunos». La decisión ha sido adoptada este martes por los magistrados Fernando García Nicolás, Angel Hurtado y Enrique López.

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