La acusación recurre el archivo de los cobros y cree que revela que Marchena «buscaba la cabeza» del juez

La acusación popular en la causa contra el juez Baltasar Garzón por su gestión de unos cursos organizados en la Universidad de Nueva York ha recurrido ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo el archivo por prescripción del procedimiento y ha considerado que éste demuestra que el magistrado instructor Manuel Marchena «buscaba la cabeza» del juez de la Audiencia Nacional al mantener abierta «en falso» la investigación.

Los abogados Antonio Panea y José Luis Mazón, que ejercen la acusación popular, han presentado este martes un recurso contra la decisión del juez instructor Manuel Marchena de archivar la investigación abierta por cohecho impropio al considerar que los hechos han prescrito porque la querella se presentó cuando el plazo había vencido, por 25 días.

Los letrados han recurrido también el auto en el que Marchena se oponía a tipificar la conducta del juez suspendido de la Audiencia Nacional de prevaricación, extorsión y asociación ilícita. Recuerdan que la Sala que admitió la querella aceptó el supuesto delito de prevaricación, por lo que los hechos no estarían prescritos, y piden la apertura de juicio oral.

La acusación popular solicitó penas de hasta cinco años de prisión y 30 de inhabilitación al considerar que Garzón desarrolló una actividad «delictiva» al reclamar a cinco empresas españolas (el Banco Santander, Endesa, Telefónica, BBVA y Cepsa) que patrocinaran los cursos que dirigió en el Centro Rey Juan Carlos de la Universidad de Nueva York en 2005 y 2006.

«MARCHENA SE HA CUBIERTO DE GLORIA»

En su escrito, al que ha tenido acceso Europa Press, los abogados consideran «falso» que los hechos hayan prescrito y prueba de ello, añaden, es que el proceso se ha mantenido vivo dos años. Desde su punto de vista, el instructor «se ha quedado expuesto a acciones de rendición de cuentas de parte del querellado».

«Si aprecia prescripción de una causa cuyas pruebas iban todas ellas por el cohecho y que se tramita desde hace dos años se puede sostener racionalmente que Marchena ha mantenido abierto en falso un proceso prescrito durante dos años que sólo ha cerrado, después de dictado el auto de transformación, cuando ha salido la sentencia de la condena Gürtel», añaden.

A su juicio, da la impresión de que el instructor «buscaba la cabeza de Garzón» y no sólo investigar los indicios delictivos que rodeaban los supuestos cobros irregulares. «Cuando la ha tenido por la condena –de la Gürtel–, ha archivado el caso por una prescripción que se ha inventado y que de existir le compromete a él gravemente a título personal como juez por el retardo intencionado en no acordarla durante muchos meses», afirman.

Es más, advierten de que la misma condena por prevaricación que ha expulsado a Garzón por las escuchas de la Gürtel, «sería ahora aplicable» contra Marchena y añaden que su auto «contamina» la sentencia de la Sala que ha culminado con una condena de 11 años de inhabilitación para quien fuera titular del Juzgado Central de Instrucción número 5.

«Garzón logrará anular la sentencia suya del caso Gürtel en el Tribunal Constitucional o en Estrasburgo. Marchena le ha ayudado de forma inestimable aunque involuntariamente, claro. Marchena se ha cubierto de gloria para siglos venideros», resaltan.

ABOGADOS UTILIZADOS COMO «TONTOS UTILES»

La acusación también confiesa tener la sensación de que ha sido instrumentalizada por el juez instructor, que le ha forzado a «mantener unos niveles de actividad altísimos» a sabiendas de que el caso se iba a cerrar tras la condena de las escuchas de la Gürtel. En este sentido, pone de relieve los dos años de «duro esfuerzo y sacrificio» que han invertido a un caso «sumamente laborioso».

«Usando una expresión popular podría decirse que hemos sido utilizados como ‘tontos útiles’, aunque nuestro modo de ver el auto se pasa de listo e infringe los límites de los deberes profesionales de lo admisible como interpretación de las normas e incluso el deber de buena fe», remarcan los letrados.

Asimismo, los abogados de la acusación reprochan a Marchena haber archivado la causa de los cobros a petición del fiscal sin haber escuchado previamente a la acusación, violando el derecho a un proceso contradictorio. «No se puede cerrar un caso sin oír a las partes afectadas antes», añaden.

Estiman que el auto «invade» las competencias del tribunal de enjuiciamiento que es a quien compete resolver sobre la prescripción, según establece «retirada jurisprudencia» del propio Supremo que, a su juicio, Marchena «desoye e incumple».

Llaman la atención de que su auto incurre en «algo insostenible» como es aplicarle a Garzón la reforma penal de 2010 en cuanto a la forma de computar la prescripción, «más ventajosa para el acusado», pero en cambio no aplicarle el plazo de cinco años que introduce la misma norma.

«Es decir, se inventa una tercera reforma. En la reforma de la ley penal se aplica la antigua o la nueva, a elección del acusado, pero no lo que le beneficia de una y lo que le beneficia de otra, que es lo hecho por Marcha, cometiendo una grave irregularidad», sostiene la acusación, que resalta que Garzón recibió pagos de la Universidad de Nueva York en junio de 2006.

Marchena alegó que no procedía la apertura de juicio oral al haber transcurrido más de tres años desde la comisión de los hechos, a tenor del Código anterior, más favorable para el acusado.

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