Condenado a ocho años de inhabilitación al exalcalde de Capdepera por el derrumbe del hotel Son Moll

El titular del Juzgado de lo Penal número 3 de Palma, Jaime Tártalo, ha condenado a ocho años de inhabilitación por un delito de prevaricación administrativa al exalcalde de Capdepera, Bartomeu Alzina, quien se sentó en el banquillo de los acusados a raíz del derrumbe del hotel Son Moll, que el 16 de diciembre de 2008 costó la vida de cuatro operarios y causó varios heridos.

En su declaración, el inculpado reconoció que antes de que sucediera este siniestro sabía que las obras de reforma que se estaban llevando a cabo en el edificio carecían de licencia.

La Fiscalía solicitaba nueve años de inhabilitación para el acusado, defendido por el letrado Gaspar Oliver y quien, durante el juicio celebrado el pasado mes de enero justificó que, pese a conocer que los trabajos se estaban ejecutando sin permiso municipal, era consciente de que las deficiencias detectadas se estaban subsanando y tan sólo quedaba pendiente la autorización de Costas y de Turismo.

La sentencia considera probado que la ejecución de las obras fue iniciada sin licencia, lo que era un hecho «notorio y conocido» en la localidad y, por tanto, de los responsables municipales, y además fueron constatadas oficialmente por el celador municipal, quien se personó varias veces en el lugar, levantó denuncia y puso los hechos en conocimiento del entonces primer edil.

Sin embargo, Alzina no adoptó medida alguna para paralizar los trabajos, según la resolución judicial, hasta que el 17 de diciembre de 2008, una vez producido el derrumbe, ordenó la apertura de un expediente de infracción urbanística contra el promotor, el constructor y los arquitectos.

La sentencia resalta que después de que la promotora Entrador S.L. solicitase al Consistorio licencia para una obra de reforma integral del hotel, el arquitecto municipal emitió hasta tres informes desfavorables en el que ponía de manifiesto las deficiencias, ante lo cual el entonces alcalde y regidor de Urbanismo requirió a la empresa la subsanación de las mismas para así poder serle concedido permiso para la realización de los trabajos.

Cabe recordar que el juez ya condenó a dos años y tres meses de cárcel al arquitecto Arturo Vila y al aparejador José Luis Pujol por este siniestro así como dos años de cárcel a los constructores que intervinieron en los trabajos, Bartolomé Estelrich y Rafael Sancho Febrer, y al jefe de obra Juan Bonet.

En concreto, el magistrado condenó a todos ellos por cuatro delitos de homicidio imprudente, cuatro por lesiones imprudentes y uno contra los derechos de los trabajadores, mientras que aplicó para cada uno de ellos las atenuantes de confesión y reparación del daño producido.

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