Declarado culpable de asesinar a 11 ancianos

Condenan a 127 años de prisión al celador de Olot, pero no cumplirá ni 40

El fallo judicial considera que Joan Vila cometió "un crimen especialmente cruel y traidor"

La Audiencia de Girona ha condenado a un total de 127 años y seis meses de prisión al celador de Olot (Girona) Joan Vila por once delitos de asesinato a ancianos residentes en el geriátrico La Caritat, lugar en el que trabajaba, aunque estará un máximo de 40 años en la cárcel y se le aplicarán los beneficios penitenciarios a la pena global.

Según consta en la sentencia que se ha hecho pública el 21 de junio de 2013, el juez ha condenado a Vila a diez años por cada uno de los primeros ocho asesinatos, mientras que para los otros tres ha sido condenado a penas de 20 años y 10 meses uno, y a 13 años y cuatro meses cada uno de los dos restantes.

La sentencia también recoge que la responsabilidad civil a pagar a los familiares de los fallecidos asciende a 369.000 euros; el juez ha declarado responsable civil subsidiario del pago de las indemnizaciones a la Fundación La Caritat y solidariamente con ésta a la aseguradora.

El texto recoge con todo detalle el veredicto que el jurado popular hizo público el pasado 11 de junio, después de diez días de juicio oral en el nuevo Palacio de Justicia de Girona, y que declaraba culpable a Vila de once asesinatos con alevosía –y tres de ellos, además, con ensañamiento– cometidos en La Caritat entre agosto de 2009 y octubre de 2010.

El veredicto también afirmaba que el celador cometió los once crímenes siendo plenamente consciente de lo que hacía ya que no sufría ningún tipo de alteración psíquica, a la vez que contemplaba la atenuante de confesión ya que los detalles que dio Vila en sus declaraciones como testimonio, como imputado y ante el juez fueron «relevantes para poder determinar la autoría y la causa de la muerte» en los diferentes casos.

En un detallado veredicto que tenía hasta 99 puntos, el jurado consideró probado además que Vila tenía la intención de provocar la muerte a los once ancianos o que al menos conocía que suministrándoles una mezcla de psicofármacos, una sobredosis de insulina o haciéndoles ingerir productos cáusticos podía causarles la muerte.

El juez, siguiendo el veredicto del jurado, condena a Vila por once delitos de asesinato, tres de ellos con alevosía y ensañamiento, y aplica la atenuante de confesión –simple en el último crimen y muy cualificada en los diez restantes–.

La sentencia también prohíbe a Vila acercarse a menos de 100 metros o comunicarse con cualquiera de las personas que se han declarado beneficiarios de una indemnización, por un tiempo superior a diez años a la duración efectiva de la pena de prisión.

JUSTIFICACIÓN DE PENAS

El juez ha detallado en la sentencia el cálculo que ha realizado en cada uno de los casos para imponer la pena; en el caso de la víctima que destapó los crímenes el magistrado habla de «un crimen especialmente cruel y traidor» por el medio que se usó para cometerlo, ya que Vila obligó a la víctima a ingerir un producto cáustico o desincrustante.

En los otros dos casos en los que Vila también usó un producto cáustico o lejía, el magistrado también habla de asesinatos «crueles», motivo por el cual, aunque existe la atenuante de confesión no rebaja tanto la pena.

Asimismo, el juez cree que en todos los crímenes –estos tres y los ocho restantes– existe una «doble traición», tanto por el desamparo de las víctimas como por la misma traición.

Según el juez, ello es un hecho que incrementa la antijuridicidad de la conducta de Vila, lo que configuraría una alevosía especialmente cualificada, y hace que la confesión muy cualificada no reduzca tanto la pena como estaría previsto inicialmente.

 

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Autor

Antonio Chinchetru

Licenciado en Periodismo y tiene la acreditación de suficiencia investigadora (actual DEA) en Sociología y Opinión Pública

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