EN DEFENSA DE SU DERECHO AL HONOR

Cospedal no se rinde y recurrirá la sentencia que desestimó su demanda contra Bárcenas

La secretaria general del PP y presidenta de Castilla-La Mancha asegura que tiene el derecho de defenderse de cualquier calumniador

Cospedal no se rinde y recurrirá la sentencia que desestimó su demanda contra Bárcenas
María Dolores de Cospedal. PD.

Ha indicado que esa sentencia "en el fondo" le da la razón y dice que hubo "intromisión ilegítima" en su derecho al honor, aunque "no está demostrado que él entregara esos papeles"

La secretaria general del PP y presidenta de Castilla-La Mancha, María Dolores de Cospedal, ha anunciado que recurrirá la sentencia que desestimó su demanda contra el extesorero del PP Luis Bárcenas, presentada para defender su derecho al honor.

Así lo ha anunciado este jueves 9 de enero de 2014 en un encuentro con periodistas de 22 medios de comunicación de Castilla-La Mancha, donde ha indicado que esa sentencia «en el fondo» le da la razón y dice que hubo «intromisión ilegítima» en su derecho al honor, aunque «no está demostrado que él entregara esos papeles».

«He recurrido esa sentencia, hoy o mañana se interpondrá el recurso, tengo el derecho que tiene cualquier ciudadano de defenderme de cualquier calumniador, creo que lo tengo y lo voy a ejercer», ha manifestado.

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Toledo desestimó por no existir suficientes pruebas la demanda de Cospedal por vulneración del derecho al honor, a raíz de los papeles sobre la supuesta contabilidad B en el PP.

En la resolución del Tribunal, dada a conocer el pasado 5 de diciembre, se explica que se desestima la demanda al no existir suficientes pruebas de que el demandado «fuera la persona que está detrás de la campaña difamatoria o que fuera quien entregó los papeles a esa tercera persona que se los proporcionó al periódico, lo que no implica que no lo fuera, pues tampoco hay pruebas concluyentes que lo descarten».

«Pueden existir sospechas, pero no pruebas concluyentes que permitan darlo por probado en este procedimiento», decía el auto, lo que hizo que la demanda se desestimara.

En la fundamentación jurídica de la resolución se estimaba probado «el carácter difamatorio de los hechos reflejados en los papeles contables» que se publicaron en el diario El País, pero según el auto «no se prueba de manera concluyente la veracidad o no de los papeles confeccionados».

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