Se tacha de de "inválida" la orden de arresto emitida por la Audiencia Nacional española

La justicia británica nos deja con un palmo de narices al rechazar la extradición del etarra Troitiño

Cumplió su condena impuesta en 1989 por ser autor, entre otros, del atentado de 1986 contra un autobús de la Guardia Civil en el que murieron doce agentes

La justicia británica nos deja con un palmo de narices al rechazar la extradición del etarra Troitiño
Antonio Troitiño EFE

Salió en libertad el 13 de abril de 2011 tras pasar en prisión 24 años

La Justicia británica rechazó este viernes 17 de octubre de 2014 la extradición a España del etarra Antonio Troitiño, de 57 años, al considerar defectuosa la euroorden que llevó a su detención el pasado febrero en Londres.

Al pronunciar su dictamen, la jueza Emma Arbuthnot de la Corte de Magistrados de Westminster (Londres) tachó de «inválida» la orden de arresto emitida por la Audiencia Nacional española, pues no precisa correctamente las penas de cárcel que conllevan los delitos que se le imputan al procesado.

UN PRIMER PROCESO

Troitiño, que ya vivió un primer proceso de extradición en este país tras una primera detención en junio de 2012, fue arrestado en febrero por segunda vez por presunta posesión de seis documentos falsos y pertenencia a ETA, a la que se habría reintegrado para obtener esa documentación.

Arbuthnot valoró que la falta detalles en la petición de extradición española «invalida» el proceso, al tiempo que desestimó el resto de los argumentos presentados por la defensa, que alegó que su cliente era víctima de una persecución política en España.

A ese respecto, la jueza consideró que el abogado británico de Troitiño, Mark Summers, no había demostrado «abuso de proceso» -que el caso se construyera con motivación política- o «riesgo flagrante de violación del artículo 6» de la Convención europea de derechos humanos, que garantiza un juicio justo.

La magistrada, que recordó que debía confiar en las buenas intenciones de las autoridades españolas, dijo que no podía «emitir un juicio claro», por tener informaciones contradictorias, sobre si se produjo una injusticia al negar la Audiencia Nacional el acceso de los abogados españoles de Troitiño a la investigación de los cargos que ahora se le imputan.

Emitido el dictamen, las autoridades españolas, representadas por el fiscal británico Ben Lloyd, tienen ahora siete días para decidir si lo recurren, lo que trasladaría el caso al Tribunal Superior de Londres.

Durante este periodo, el etarra convicto continuará en libertad condicional, fichando diariamente en una comisaría londinense, con prohibición de viajar y toque de queda.

Preguntado por Efe cómo se sentía tras la decisión del tribunal, Troitiño, que cumplió una condena íntegra de 24 años por atentados cometidos en los años 80, dijo escuetamente: «Igual que ayer».

Durante este segundo juicio de extradición en Londres, el procesado aseguró que ya no pertenecía a ETA y que los pasaportes falsos que fueron hallados cuando fue detenido en 2012 los compró en Francia de proveedores desconocidos en su intento de huir de España para que no se le aplicara la doctrina Parot.

Troitiño salió en libertad el 13 de abril de 2011 tras pasar en prisión 24 años, pero la Audiencia Nacional quiso volver a detenerle para aplicarle retroactivamente la llamada doctrina Parot, que hubiera fijado su excarcelación en 2017.

El 29 de junio de 2012, fue capturado en Londres, cuando se inició su primer juicio de extradición, que quedó sobreseído después de que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos rechazara, en octubre de 2013, la aplicación retroactiva de la doctrina Parot.

La apertura del nuevo proceso una vez archivado el primero llevó a la defensa de Troitiño a argumentar que el Gobierno español había recurrido a «la ingeniería jurídica», produciendo nuevos cargos, para conseguir volver a encarcelarlo.

Sin embargo, la jueza aceptó la valoración del fiscal de que los cargos de presunta posesión de documentos falsos y reintegración a ETA son legítimos y «no fabricados».

Lloyd también conminó a la magistrada a «no inmiscuirse» en el proceso judicial español y a autorizar la extradición sobre la base de «la confianza mutua» entre socios que requiere el sistema europeo de extradición.

Antonio Troitiño cumplió su condena impuesta en 1989 por ser autor, entre otros, del atentado de 1986 contra un autobús de la Guardia Civil en la plaza de la República Dominicana de Madrid, en el que murieron doce agentes y que causó medio centenar de heridos.

 

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