Más cambios en la nueva era de Mariano Rajoy. El magistrado de lo Penal del Tribunal Supremo José Manuel Maza es el nuevo Fiscal General del Estado y sucede en el cargo a Consuelo Madrigal.
El nombramiento deberá recibir después la aprobación del Consejo General del Poder Judicial antes de ser nombrado por el Congreso.
Maza fue nombrado en 2002 magistrado del Tribunal Supremo, en su Sala de lo Penal, después de ser presidente de la sección primera.
SENSIBILIDAD CONSERVADORA
De sensibilidad conservadora -fue portavoz de la Unión Judicial Independiente-, en su día se opuso a la denominada ‘doctrina Botín’, propuso el archivo de la querella contra Pablo Iglesias por presunta financiación de Venezuela e Irak y expresó sus dudas sobre la última reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ).
Para su nombramiento, que será por un mandato de cuatro años, se precisará la participación de los tres poderes del Estado, ya que el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) deberá aprobar un informe de idoneidad y después comparecerá en la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados, cuyos miembros podrán valorar así sus méritos.
Maza, nacido en Madrid en 1951, ingresó en la Carrera Judicial en 1975 y en la Fiscal en 1978, donde fue el primero de su promoción, si bien comenzó ejerciendo como abogado y como letrado de la Red Nacional de Ferrocarriles.
Ya como juez, tras ser elegido por sus compañeros como decano de los juzgados de distrito de Madrid y una destacada trayectoria en la Audiencia Provincial Maza recaló en 2002 en el Tribunal Supremo para cubrir la plaza del también conservador Adolfo Prego, que había sido elegido vocal del CGPJ. El próximo fiscal general se impuso en la votación realizada a tal efecto en el Consejo frente a la otra candidata, que era la actual diputada del PSOE Margarita Robles.
CONTRARIO A LA DOCTRINA BOTÍN
Maza fue uno de los cinco magistrados del alto tribunal que emitió en su día un voto particular contrario al establecimiento de la conocida como ‘Doctrina Botín’, que conllevó el archivo, en diciembre de 2007, de la causa abierta al entonces presidente del Banco Santander Emilio Botín en el caso denominado ‘cesiones de crédito’.
Se estableció entonces que, en función de si los delitos tienen o no carácter público, no bastaba la única petición de la acusación popular para abrir juicio oral y sentar a los acusados en el banquillo.
Sobre este asunto Maza consideró que debía haberse estimado el recurso de las acusaciones que pedían continuar el procedimiento y que a su juicio debería ser, precisamente en casos en los que no acusa el fiscal ni el abogado del Estado cuando «más debería hacerse valer» el derecho a ejercer la acusación de los ciudadanos a través de la acción popular.
El magistrado también integró el tribunal que acordó en 2010, de forma unánime, el sobreseimiento libre y archivo de la causa por desobediencia abierta contra los exlehendakaris Patxi López y Juan José Ibarretxe y cinco representantes de la izquierda abertzale, entre ellos, Arnaldo Otegi, por mantener reuniones coincidiendo con la tregua de ETA en el año 2006, estando ya ilegalizada Batasuna.
SE OPUSO A ABSOLVER A BALTASAR GARZÓN
Dentro de este órgano, Maza formó parte del tribunal que absolvió a Baltasar Garzón del delito de prevaricación del que se le acusaba por investigar los crímenes y desapariciones del franquismo, si bien fue el único que se opuso. Emitió un voto particular al considerar que debía ser condenado por asumir una competencia que no le correspondía.
Poco después, la denominada Sala del 61 del Supremo apartó por su falta de imparcialidad a Maza y a otros magistrados a los que correspondía juzgar al exjuez de la Audiencia Nacional por supuestos delitos de prevaricación y contra las garantías constitucionales relacionados con las escuchas ilegales a los abogados del ‘caso Gürtel’. Pese a contar con otro tribunal, Garzón fue finalmente condenado por esta causa y apartado de la Carrera.
El magistrado también emitió en 2012 un voto particular junto con otros tres jueces contra la decisión del pleno de la Sala de Lo Penal del alto tribunal de exonerar al entonces presidente del Supremo Carlos Dívar del caso de los viajes pagados por el CGPJ al apreciar, al contrario que sus compañeros, que en este caso había indicios de estafa, apropiación indebida y malversación de caudales por parte de su superior.