El Gobierno suizo asegura que Gabriel no puede ser extraditada

El juez Llarena dicta una orden nacional de detención contra la cupista Anna Gabriel

El juez Llarena dicta una orden nacional de detención contra la cupista Anna Gabriel

El juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena ha ordenado este 21 de febrero de 2018 la detención y puesta a disposición del Tribunal Supremo de la exdiputada de la CUP Anna Gabriel, ante su incomparecencia al interrogatorio al que había sido citada sin alegar causa legítima que se lo impida.

Rechaza por tanto activar la orden internacional que había solicitado la Fiscalía y será detenida si regresa a España, pudiendo circular libremente fuera de nuestro país, han precisado fuentes jurídicas.

La Fiscalía del Tribunal Supremo había solicitado que se dictara auto de prisión contra la exdiputada y, una vez acordada, se procediera a cursar la orden de busca y captura internacional y su detención preventiva, a los efectos de cursar la posterior demanda de extradición a Suiza.

También había pedido orden de detención la acusación popular en la causa del ‘procés’, ejercida por Vox, tras constatar a primera hora de esta mañana que Gabriel plantaba al juez y evitaba ser interrogada por presuntos delitos de rebelión o sedición y malversación de fondos públicos relacionados con el ‘procés’ que culminó con la declaración unilateral de independencia de Cataluña. Anna Gabriel pide el archivo de la causa y denuncia falta de imparcialidad del Supremo.

En su auto, de apenas dos páginas, Llarena explica su decisión en virtud del articulo 487 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que permite que este tipo de incomparecencias sin causa pueden convertirse en orden de detención. Contra el auto cabe recurso de reforma y apelación en el plazo de tres días.

En el escrito del Ministerio público, firmado por los fiscales Javier Zaragoza y Fidel Cadena se constata que la dirigente de la CUP no ha ofrecido una «causa justificada» para no acudir hoy al Supremo, al tiempo que recuerda que «es la segunda vez» que no atiende al requerimiento judicial.

Hacía alusión con ello al pasado 12 de febrero, fecha para la que Gabriel fue citada inicialmente si bien la comparecencia se aplazó a petición de su abogado, por coincidir ese día con un juicio que había sido señalado con anterioridad.

Tras citar las informaciones aparecidas en medios de comunicación acerca de que Gabriel se encuentra en Ginebra, la Fiscalía destaca que ha «eludido la acción de la justicia» y, por tanto, solicita que «se proceda a su detención para ser puesta a disposición» del alto tribunal.

A fin de «impedir que continúe en situación de fuga», solicitaba que se decrete la medida de prisión provisional para que después se pueda proceder a su reclamación ante las autoridades suizas.

Se trata de la segunda ocasión en la que Llarena rechaza cursar órdenes internacionales en relación con este procedimiento que habían sido instadas por Fiscalía. La orden internacional de detención contra el expresidente Carles Puigdemont y los cuatro exmiembros del Govern que le acompañan en Bélgica fue dictada inicialmente por la juez de la Audiencia Nacional Carmen Lamela, si bien cuando la causa llegó al Supremo Llarena dejó sólo en vigor la orden a nivel nacional y posteriormente se negó a activar la internacional con ocasión de un viaje del expresident a Dinamarca.

Suiza rechaza la extradición

Gabriel no puede ser extraditada de Suiza a España aún cuando el delito del que se le acusa -el de rebelión- existiera en el Código Penal helvético en lo referente a delitos contra el Estado o alta traición, recalcó hoy el Gobierno suizo.

«Aún cuando el examen de una eventual solicitud de detención o de extradición arrojara que los delitos de los que se le acusa a Anna Gabriel también los fueran en Suiza (…) una extradición a España no sería posible», dijo a Efe el portavoz del Departamento de Justicia, Folco Galli.

El Gobierno suizo ya dejó claro el martes que a priori el caso de la exdiputada catalana parece estar ligado a delitos políticos que en Suiza no tienen base legal y que por tanto una solicitud de extradición sería rechazada con toda probabilidad, eso sí tras un análisis exhaustivo.

Solo los crímenes contra la lesa humanidad, genocidio, crímenes de guerra y actos especialmente reprobables como un secuestro de un avión o la toma de rehenes no son considerados delitos políticos.

Galli precisó este miércoles que incluso si el delito por el que se le investiga a Gabriel en España fuera igualmente considerado un delito en el Código Penal suizo tampoco sería posible su extradición.

«Existiera la correspondencia del delito en ambos países, que es una importante precondición para la extradición, pero lo decisivo aquí es que se trata a primera vista de delitos políticos (…) que en el Convenio Europeo de Extradiciones y la ley suiza están excluidos».

Lo único comparable con el delito de rebelión en el Código Penal suizo es el artículo 265 sobre crímenes o delitos contra el Estado y de alta traición, que establece «una pena privativa de al menos un año» para aquel que cometa actos tendentes «a modificar por la violencia la Constitución helvética o la Constitución de un cantón».

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