El Juzgado Contencioso Administrativo número 1 de Vitoria, ha dictaminado que se vulneraron derechos fundamentales a la ex diputada de la CUP

La grata sorpresa que le ha dado a Anna Gabriel un juzgado vasco por cuenta del 1-O

"El concepto de neutralidad, como lo entiende la delegación del Gobierno, es contrario a los principios básicos de una democracia deliberativa"

La grata sorpresa que le ha dado a Anna Gabriel un juzgado vasco por cuenta del 1-O
Anna Gabriel RS

La sentencia no por inesperada ha dejado de darle una grata sorpresa a la cupera fugada a Ginebra, que ve así como se ha salido con la suya a costa de la campaña por el referéndum del 1-O que quiso hacer en tierras vascas. (Una amenazante y chula Anna Gabriel sale de su escondite y revela sus sucios planes).

Y es que el Juzgado Contencioso Administrativo número 1 de Vitoria ha dictaminado este viernes 14 de septiembre de 2018 que se vulneraron derechos fundamentales a la ex diputada de la CUP, Anna Gabriel, cuando se le prohibió celebrar un acto el pasado septiembre de 2017 en la capital vasca con motivo de la campaña por el referéndum del 1-O. (La amarga razón de peso que hace engordar a Anna Gabriel tras no querer tragarse el marrón).

Según informa la CUP en un comunicado, y así lo recoge ‘La Vanguardia’, el juzgado ha dado la razón a Gabriel en la resolución de la demanda que interpuso la Delegación del Gobierno en Vitoria que dio lugar a la suspensión de un acto que debía tener lugar el pasado 15 de septiembre. La petición de suspensión por parte de la Delegación se atendió com una medida cautelar, lo que provocó que se prohibiera el acto en el transcurso del mismo. La Guardia Urbana irrumpió en el acto, que quedó interrumpido.

Tras la suspensión se formalizó un procedimiento contencioso administrativo, en el que por un lado estaba la Abogacía del Estado y, por el otro, el Ayuntamiento de Vitoria y Anna Gabriel como demandados. El juzgado debía resolver si la autorización del acto era legal o no.

Si bien el consistorio vitoriano optó por pedir que no hubiera sentencia, habida cuenta que el acto no se había celebrado, la defensa de Gabriel, que ejerció el abogado y también ex diputado cupero Benet Salellas, pidió que se dictaminara si había habido vulneración de los derechos de participación política, reunión y libertad de expresión.

El fallo da finalmente la razón a Gabriel, desestimando el recurso del Gobierno que además deberá pagar las costas. El juzgado considera que no el acto de Gabriel no era electoral porque el referéndum estaba suspendido y porque éste no se celebraba en Catalunya. Además, mantiene que los derechos de reunión y de libertad de expresión son esenciales en una sociedad democrática y añade que al Ayuntamiento vitoriano no le correspondía controlar el contenido del acto.

La sentencia, asimismo, también señala que el concepto de «neutralidad», como lo entiende la delegación del Gobierno, es «contrario a los principios básicos de una democracia deliberativa».

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