Acusado de un delito de malversación de fondos públicos

Al banquillo un exalcalde socialista por gastar 1.600 € del ayuntamiento en servicios eróticos

El interfecto es José Juan López Ródenas, que fue alcalde socialista de Castril (Granada)

Al banquillo un exalcalde socialista por gastar 1.600 € del ayuntamiento en servicios eróticos
José Juan López Ródenas (PSOE). PD

Un cachondo este José Juan López Ródenas, al que se le calentaba la palomilla con demasiada frecuencia.

El exalcalde socialista de Castril, localidad de Granada de poco más de 2.000 habitantes, se sienta este 9 de febrero de 2021 en un banquillo de los juzgados andaluces acusado de un delito de malversación de fondos públicos.

La Audiencia de Granada enjuiciará a Ródenas por gastarse, durante su etapa de gestión,  de 1.579 euros de líneas telefónicas del ayuntamiento con fines ajenos a la actividad municipal. Dicho dinero fue empleado para contratar servicios eróticos tales como «cámara oculta sexy», además de otro tipo de productos televisivos.

El juicio está señalado para -como mínimo- el 9 y 10 de febrero en la Sección Primera de la Audiencia de Granada, si bien en plaza Nueva solo se seleccionará a los miembros del jurado este martes y el miércoles la vista oral se trasladará, como viene siendo habitual a causa de la pandemia, al edificio judicial de La Caleta, tal y como han detallado desde el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).

La Fiscalía ha solicitado el sobreseimiento de las actuaciones, mientras que la acusación particular, ejercida por el Ayuntamiento de Castril, pide para el exregidor nueve meses de prisión, multa de 804 euros e inhabilitación especial para cargo o empleo público durante nueve meses.

Alternativamente, solicita que se aplique la pena del Código Penal vigente a la fecha de los hechos de multa de 3.240 euros y suspensión de empleo o cargo público por 21 meses.

La causa gira en torno a una facturas de las líneas que usaba en el Ayuntamiento el entonces alcalde, entre diciembre de 2008 y enero de 2011, en las que se reflejaban importes por conceptos ajenos a la actividad municipal, como servicios de televisión o de «cámara oculta sexy», entre otros, por un importe de 1.579 euros.

La causa se ha archivado y reabierto varias veces y en ella se ha tratado de valorar si contrató de forma consciente y voluntaria los servicios o si por el contrario fue víctima de una práctica fraudulenta, como ha venido alegando el exregidor, que ha negado haber contratado ninguno de los servicios por los que se le ha tarifado.

El exalcalde socialista mantiene que en cuanto tuvo noticias de que se habían incluido estos irregulares conceptos en la facturación de su teléfono, abonó en la cuenta municipal 1.579 euros, de modo que no ha existido perjuicio al Ayuntamiento de Castril.

LLUEVE SOBRE MOJADO

Llueve sobre mojado en lo que al alcalde del PSOE y el dinero público se refiere.

La etapa de Juan Mar como socialista al frente del Ayuntamiento de Castril no ha dejado de sumar procesos judiciales tras su salida como regidor. Una causa por la compra de un inmueble adyacente al Consistorio, de la que fue finalmente exonerado; otra por el pago con dinero público de viajes en taxi con fines personales por valor de 47.000 euros; otra más por haber facilitado la concesión de una subvención pública a su prima hermana para rehabilitar su vivienda, cuando no reunía los requisitos -por lo que fue condenado a ocho años de inhabilitación especial para empleo o cargo público por prevaricación-; o la causa abierta por su gestión al frente del centro Saramago de Castril, son algunos de los procesos judiciales a los que se ha visto obligado a hacer frente Juan Mar, causas entre las que también se encuentra la de la contratación de líneas eróticas, hecho que, según alegó el exregidor en su momento, fue fruto de «que había sido víctima de una estafa», así como de una «persecución» hacia él.

En junio de 2020, el Tribunal Supremo confirmó la sentencia que condenaba a ocho años de inhabilitación especial para empleo o cargo público al exalcalde socialista de Castril (Granada), José Juan López Ródenas, por un delito de prevaricación administrativa, al incluir a un familiar entre los beneficiarios de un programa de subvenciones para la rehabilitación de infravivienda sin cumplir los requisitos legalmente establecidos, permitiendo que obtuviera una ayuda de 36.119 euros.

Concretamente, en un auto al que ha tenido acceso Europa Press, la Sala de lo Penal del Supremo inadmite el recurso que el exregidor presentó en su momento contra la sentencia de la Audiencia de Granada que le condenó por estos hechos, confirmando a su vez la condena impuesta previamente por el Juzgado de lo Penal 4 de Granada.

Fue en mayo de 2008 cuando tuvo entrada en el registro municipal de Castril una solicitud de una prima hermana del entonces alcalde para acogerse al Programa de Transformación de Infravivienda de la Junta respecto a un inmueble propiedad de sus padres.

La solicitud se acompañó con un contrato de arrendamiento que «no respondía a la realidad», pues la vivienda se encontraba «deshabitada» y era requisito indispensable para acogerse al plan que el domicilio estuviera habitado, según considera probado la sentencia de la Audiencia Provincial que ahora ha sido confirmada por el Supremo, con Manuel Marchena como ponente.

Así, y «siendo conocedor» el por entonces alcalde de que su prima «no reunía los requisitos» para obtener la subvención, votó en un pleno celebrado el 19 junio de 2008 a favor del acuerdo por el que se aprobaba la relación definitiva de beneficiarios, entre los que se encontraba este familiar.

Posteriormente se dio traslado de esta certificación para su aprobación definitiva por la Dirección General de Arquitectura y Vivienda permitiendo de esta manera que «obtuviera de manera indebida una subvención de 36.119 euros a cargo de la Administración autonómica que fueron destinados a la rehabilitación de la vivienda».

Durante el juicio, el exregidor declaró que su familiar «cumplía con todos los requisitos necesarios» y que los técnicos avalaron el proceso, si bien la Fiscalía mantuvo su petición de ocho años de inhabilitación para él.

Desde el Ayuntamiento de Castril, cuyos intereses ha defendido en esta causa el letrado Rafael Revelles, han saludado esta sentencia por entender que este uso «de dinero público» para «fines privados» no podía quedar «impune» y que se enmarca en la «lucha contra la corrupción» llevada a cabo por el equipo de gobierno, según ha declarado el actual regidor, Miguel Pérez.

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